ORDEN de 26 de mayo de 1999, por la que se autoriza la enajenación mediante subasta pública, por el procedimiento restringido, de un bien de propios del Ayuntamiento de Lubrín (Almería). 

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION Y JUSTICIA
Rango de LeyOrden

El Pleno del Ilmo. Ayuntamiento de Lubrín (Almería), en sesión celebrada el día 19 de marzo de 1999, rectificado en sesión plenaria celebrada el 14 de mayo de 1999, acordó enajenar mediante subasta pública, por el procedimiento restringido, un bien de sus bienes de propios.

La legislación a tener en cuenta en la materia que nos ocupa está representada por los artículos 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, artículos 109.1, 112.1,

113, 114 y 118 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, arts. 74, 75 y 76 LCAP, Ley 6/1983, de 21 de julio, y demás preceptos de general aplicación.

El importe total de la enajenación asciende a 34.779.985 pesetas, lo cual excede del 25% de los recursos ordinarios.

El producto de la enajenación no podrá destinarse a la financiación de gastos corrientes, según el artículo 5 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, de Haciendas Locales.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local.

En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley

6/83, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Unico. Autorizar al Ilmo. Ayuntamiento de Lubrín (Almería) a enajenar mediante subasta pública, por el procedimiento restringido, un bien de sus bienes de propios, cuya descripción es la siguiente:

Nave industrial sita en el Polígono Industrial de Lubrín, antes conocido como Cañada del Abad, Polígono 22, parcela 566. Tiene una superficie la parcela de 1.407 m¯ de solar, siendo la superficie construida de la nave de 1.195 m¯ con local adosado en 2 plantas de 212 m¯. Está inscrita en el Registro de la Propiedad de Vera, al Tomo 1.067, Libro 179 de Lubrín, Folio

105, Finca 16.198, Inscripción 2ª

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante esta Consejería en el plazo de un mes, o recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en...

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