DECRETO 153/1991, de 23 de julio, de convocatoria para la concesión de la emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia en la localidad de Baeza (Jaén). 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

El Decreto 75/1989, de 4 de abril, reguló la concesión de Emisoras de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El Decreto 76/1989, de 4 de abril, estableció la convocatoria para la concesión de Emisoras de FM en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de agosto de 1989 se otorgó adjudicación provisional de Emisoras de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia a las personas y entidades que se relacionan en el anexo del mismo (BOJA núm. 71, de 8.9.1989), de acuerdo con localidad y frecuencia.

Al haber quedado vacante la Emisora de FM en la localidad de Baeza (Jaén) por renuncia del adjudicatario provisional y, en consecuencia, estar disponible para una nueva concesión; a propuesta de la Consejería de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 23 de julio de 1991.

DISPONGO:

Primero: Se establece un plazo de treinta días, a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto, para la presentación de solicitud de concesión de la Emisora de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia en la localidad de Baeza (Jaén).

Segundo: La solicitud debidamente cumplimentada según modelo que se recoge en el Anexo I del presente Decreto, dirigida a la Consejería de la Presidencia deberá ajustarse a lo establecido en el Decreto 75/1989, de 4 de abril (BOJA núm. 30, de 18 de abril de 1989) y a las determinaciones del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia (Real Decreto 169/1989, de 10 de febrero), referido a la localidad de Baeza (Jaén), que figura como Anexo II. La solicitud se presentará en el Registro General de la Consejería de la Presidencia, calle Alfonso XII núm. 17, de Sevilla; en las Delegaciones de Gobernación de cada una de las capitales andaluzas, o en la forma establecida en el artículo 51 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de 21 de julio de 1983.

Tercero: Quienes, de conformidad con el Decreto 76/1989, de 4 de abril, de convocatoria para la concesión de Emisoras de Frecuencia Modulada en la Comunidad Autónoma de Andalucía, hubieran presentado solicitud de concesión de Emisora para la localidad de Baeza (Jaén), deberán, para poder participar en la presente convocatoria, volver a hacerlo en los términos y requisitos a que se hace...

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