ORDEN de 23 de noviembre de 2007, por la que se aprueba el modelo de notificación anual de emisiones y transferencias de contaminantes y se establece la forma en que debe llevarse a cabo dicha notificación.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN de 23 de noviembre de 2007, por la que se aprueba el modelo de notificación anual de emisiones y transferencias de contaminantes y se establece la forma en que debe llevarse a cabo dicha notificación.
P R E Á M B U L O
La Decisión 2000/479/CE de la Comisión, de 17 de julio de 2000, creó el inventario europeo de emisiones contaminantes (EPER) con arreglo al artículo 15 de la Directiva 96/61/CE del Consejo relativa a la prevención y el control integrados de la contaminación (IPPC) y estableció la obligación de los Estados miembros de notificar a la Comisión las emisiones de todas las instalaciones en las que se lleven a cabo una o más actividades de las comprendidas en el Anexo I de la citada directiva.
De conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, que transpuso la Directiva anterior, la Orden de 7 de febrero de 2005 de la Consejería de Medio Ambiente estableció los modelos de notificación anual de emisiones contaminantes de las empresas afectadas por la Ley 16/2002.
El Reglamento (CE) núm. 166/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de enero de 2006 relativo al establecimiento de un registro europeo de emisiones y transferencias de contaminantes y por la que se modifican las Directivas 91/689/CEE y 96/61/CE del Consejo, establece a escala comunitaria un registro de emisiones y transferencias de contaminantes integrado («E-PRTR») que sustituye al inventario EPER. En su artículo 5 obliga a los titulares de los complejos que realicen una o varias actividades de las incluidas en su Anexo I por encima de los umbrales de capacidad recogidos en el mismo, a comunicar anualmente a la autoridad competente las emisiones a la atmósfera, al agua y al suelo de determinados contaminantes, las transferencias fuera del emplazamiento de residuos peligrosos y no peligrosos y de contaminantes en aguas residuales destinadas a tratamiento.
A diferencia del Anexo I de la Directiva 96/61/CE, del Consejo, relativa a la prevención y el control integrados de la contaminación (IPPC), el Anexo I del Reglamento núm. 166/2006 incluye además otras actividades no sometidas al régimen administrativo de la citada Directiva, así como algunas modificaciones relativas a la descripción, umbrales de capacidad y codificación de actividades.
El Real Decreto 508/2007, de 20 de abril, por el que se regula el suministro de información sobre emisiones del Reglamento E-PRTR y de las autorizaciones ambientales integradas, modificado por el Real Decreto 812/2007, de 22 de junio, establece las normas adicionales sobre el suministro de información necesaria para cumplir con el Registro Europeo PRTR regulado en el Reglamento anteriormente mencionado.
El artículo 3 de este Real Decreto regula el suministro de información de las instalaciones sobre sus emisiones de acuerdo con el Reglamento europeo y faculta a la autoridad competente autonómica a requerir al titular de la instalación o complejo la información complementaria que estime necesaria, como, por ejemplo, características de la instalación, del proceso, del régimen de funcionamiento, uso de combustibles, producción, suministros y consumos, así como del método utilizado para determinar las emisiones, con objeto de poder comprobar la calidad de los datos comunicados.
Con el propósito de normalizar el contenido y la forma de presentación de estas notificaciónes es necesario aprobar el modelo de formulario en el que deben comunicarse a la Consejería de Medio Ambiente, posibilitando la presentación de las mismas por vía telemática, y ello de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos (internet).
Por todo ello, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como por el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente,
D I S P O N G O
La presente Orden tiene por objeto aprobar el modelo de formulario a utilizar por los titulares de las instalaciones a que se refiere el artículo 2 de la misma, para el cumplimiento de la obligación de notificación de los datos sobre emisiones y transferencias de contaminantes, establecido en el artículo 3 del Real Decreto 508/2007, de 20 de abril, por el que se regula el suministro de información sobre emisiones del Reglamento E-PRTR y de las autorizaciones ambientales integradas,
así como establecer la forma en que dicha notificación debe realizarse.
El contenido de esta Orden se aplicará a todas las notificaciones de información realizadas por las instalaciones ubicadas...
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