DECRETO 9/2005, de 11 de enero, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Ayuntamiento de Morón de la Frontera (Sevilla), de una parcela del Plan Especial de Reforma Interior núm. 3 de la citada localidad, con destino a edificio judicial, y se adscribe a la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE ECONOMIA Y HACIENDA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 9/2005, de 11 de enero, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Morón de la Frontera (Sevilla), de una parcela del Plan Especial de Reforma Interior núm. 3 de la citada localidad, con destino a edificio judicial, y se adscribe a la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Por el Ayuntamiento de Morón de la Frontera (Sevilla) fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía una parcela del PERI núm. 3 de dicho municipio, al sitio de Los Perales, actualmente calle Navío núm. 22, con destino a edificio judicial.

Por la Consejería de Justicia y Administración Pública se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá disponer de unas instalaciones adecuadas a las necesidades que tiene la Administración de Justicia en la localidad.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 11 de enero de 2005,

A C U E R D A

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Morón de la Frontera (Sevilla) de la siguiente finca:

. Linda: Norte, finca registral núm. 14.054; Sur, prolongación de calle Navío; Oeste, prolongación de calle Galeón; y, Este, prolongación de calle Galera.

Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Morón de la Frontera, a favor del Ayuntamiento de dicha localidad, al folio 83 del tomo 1620, libro 340, finca núm. 14.055.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad.

En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el...

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