ORDEN de 15 de noviembre de 2004, por la que se modifican las de 18 de mayo de 2004, reguladoras de la concesión de ayudas para la formación de doctores en centros de investigación y Universidades Andaluzas y de concesión de becas y ayudas de formación de personal docente e investigador en las Universidades andaluzas.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE INNOVACION, CIENCIA Y EMPRESA
Rango de LeyOrden

ORDEN de 15 de noviembre de 2004, por la que se modifican las de 18 de mayo de 2004, reguladoras

de la concesión de ayudas para la formación de doctores en centros de investigación y Universidades Andaluzas y de concesión de becas y ayudas de formación de personal docente e investigador en las Universidades andaluzas.

Por Orden de 18 de mayo de 2004, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la formación de doctores en centros de investigación y universidades andaluzas y se convocaron las correspondientes al año 2004 (BOJA núm. 120, de 21 de junio de 2004).

Por Orden de 18 de mayo de 2004, se establecieron las bases reguladoras de laconvocatoria de becas y ayudas de formación de personal docente e investigador en las universidades andaluzas y se convocaron las correspondientes al año 2004 (BOJA núm. 120, de 21 de junio de 2004).

En ambas Ordenes se determinaba en el artículo 21 la forma de pago de las ayudas concedidas, regulándose en el mismo, entre otras cuestiones, la forma de abono a las universidades u organismos correspondientes como entidades colaboradoras en los términos del artículo 106 de la Ley 5/1983, Generalde la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Mediante estos abonos a las entidades colaboradoras se pretende que los beneficiarios reciban el importe correspondiente a las becas sin ninguna demora.

Con el fin de conseguir que este objetivo se cumpla de una forma más eficiente y con una mayor rentabilidad de

los recursos públicos, es necesario modificar la forma de abono inicialmente establecida en las Ordenes citadas.

Por todo lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el artículo 39 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad con lo establecido en la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de esta Comunidad Autónoma (LGHPCA) y en el Reglamento por el que se regulan los procedimientos de concesión de subvenciones y ayudas públicas, aprobado por Decreto 254/2001, de 20 de noviembre,

DISPONGO

Artículo uno Modificar el apartado 1

Primera fase, párrafo b), del artículo 21 de la Orden de 18 de mayo de 2004, por que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la formación de doctores en centros de investigación y universidades andaluzas y se...

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