Resolución de 29 de abril de 2009, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se establecen las diferentes áreas y se convocan los premios, campeonatos y certámenes correspondientes al Programa «Desencaja» para el año 2009.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL
Rango de LeyResolución

La Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público, creó en su Disposición Adicional Primera el Instituto Andaluz de la Juventud, como Organismo Autónomo de carácter administrativo. Mediante el Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, se adscribe a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

El Decreto 118/1997, de 22 de abril, por el que se aprueba el Régimen de Organización y Funcionamiento del Instituto Andaluz de la Juventud, atribuye en su artículo 3 al citado Instituto, entre otras funciones, las de fomento de la participación, promoción, información y formación en materia de juventud.

La aprobación del Plan Junta Joven ha significado la apuesta decidida de la Junta de Andalucía por el desarrollo integral de la juventud andaluza. Dicho Plan se configura como un elemento de coordinación e impulso de las diferentes políticas destinadas a la población juvenil dentro del territorio. En el área de calidad de vida se establece el Objetivo General II: apoyar a los y las jóvenes creadores, así como el acceso de la juventud a las realizaciones artísticas y la formación de hábitos de consumo cultural. Dentro de dicho Objetivo, se establece que una de las acciones derivadas del mismo sea la convocatoria de certámenes y encuentros en torno a las diferentes disciplinas mediante las cuales se expresan los jóvenes creadores, con especial atención a los lenguajes artísticos emergentes.

En este marco funcional, con la finalidad de poner a disposición de jóvenes creadores los medios para desarrollar y difundir sus creaciones, promocionando actividades y servicios para la juventud de nuestra Comunidad Autónoma, se ha convocado anualmente el Programa «Arte y Creación Joven». Con el objetivo de adaptar su denominación a las nuevas formas y lenguajes creativos y de expresión artística, así como para aumentar su consolidación como referente anual para la participación social, cultural y la creatividad artística de la juventud andaluza, se establecen las áreas y se convocan los Premios, Campeonatos y Certámenes correspondientes al Programa «Desencaja» para el año 2009.

De conformidad con lo establecido en el apartado 3.3 de la Disposición Adicional Primera de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, en el artículo 9 del Decreto 118/1997, de 22 de abril, y demás normas de general aplicación, este Instituto Andaluz de la Juventud

HA RESUELTO

Primero. Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto establecer las diferentes Áreas y convocar los diferentes Premios, Campeonatos y Certámenes correspondientes al Programa «Desencaja» para el año 2009.

Segundo. Áreas del Programa «Desencaja».

Dentro del Programa «Desencaja» para el año 2009, se distinguen las siguientes Áreas:

- Artes Plásticas.

- Canción de Autor.

- Cómic.

- Cortos.

- Fotografía.

- Graffiti.

- Break-Dance/Hip Hop.

- Narrativa.

- Poesía.

- Mensajes Cortos SMS.

- Teatro.

Tercero. Convocatoria y bases de los Premios, Campeonatos y Certámenes.

  1. Para cada una de las Áreas referidas en el apartado anterior, se convocan este año Premios, Campeonatos o Certámenes cuyas bases se desarrollan en el Anexo I de esta Resolución.

  2. El plazo de presentación de los boletines de inscripción y los requisitos específicos, se desarrollan, para cada modalidad, en el Anexo I.

  3. Los boletines de inscripción y la documentación que se requiera en cada caso, se presentarán preferentemente en los lugares establecidos en las respectivas bases de cada Premio, Campeonato o Certamen.

  4. De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Instituto Andaluz de la Juventud sólo utilizará los datos personales de los participantes, obtenidos mediante la cumplimentación de los boletines de inscripción y demás documentos que se adjuntan, para fines relacionados con la tramitación del procedimiento y los objetivos del Programa.

    Cuarto. Jurado.

  5. Para cada uno de los Premios, Campeonatos o Certámenes se constituirá un Jurado cuyos componentes serán nombrados por el Director General del Instituto Andaluz de la Juventud, entre personas de reconocido prestigio en las distintas Áreas establecidas.

  6. La selección de las personas premiadas o de sus obras se llevará a cabo atendiendo a criterios de creatividad, innovación, imaginación y originalidad.

  7. Los Jurados podrán declarar desiertos los premios en las diferentes Áreas establecidas.

    Quinto. Aceptación de las bases.

    La participación en los diferentes Premios, Campeonatos, y Certámenes a los que refiere la presente Resolución, supondrá la total aceptación de sus respectivas bases específicas.

    Sexta. Recursos.

  8. Las incidencias que puedan presentarse y los supuestos no previstos en las respectivas bases serán resueltas por los miembros del Jurado, los cuales adoptarán sus decisiones por mayoría simple.

  9. Contra la presente Resolución y cuantos actos administrativos se deriven de esta convocatoria, los cuales agotan la vía administrativa, se podrá interponer, ante la persona titular de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía o del siguiente a aquél en que se notifique el acto que derive de la misma, conforme a lo establecido en los artículos 116.1 y 117.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución o desde el siguiente a la notificación del acto que se derive de la misma, en los términos previstos en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

    Sevilla, 29 de abril de 2009.- El Director General, Raúl Perales Acedo.

ANEXO I

BASES QUE RIGEN LA CONVOCATORIA DEL CERTAMEN ANDALUZ DE ARTES PLÁSTICAS PARA EL AÑO 2009

Primera. Finalidad.

El Instituto Andaluz de la Juventud, de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, dentro del Programa «Desencaja», con el objetivo de estimular la creatividad y promocionar y difundir las obras de jóvenes andaluces en el ámbito del arte contemporáneo, convoca el Certamen Andaluz de Artes Plásticas para el año 2009.

Segunda. Participantes.

Pueden participar en esta convocatoria, jóvenes artistas que reúnan los siguientes requisitos:

- Que sus edades estén comprendidas entre los 18 y 35 años, al finalizar el plazo de inscripción.

- Que sean andaluces o residentes en Andalucía y/o miembros de comunidades andaluzas asentadas fuera de Andalucía y oficialmente reconocidas por el Gobierno Andaluz.

- Que presenten obras de arte, que no hayan sido premiadas en otros concursos. No se establecen modalidades, pudiéndose presentar obras en cualquier formato o soporte, con la única exclusión de que no sean objeto de otras convocatorias del Instituto Andaluz de la Juventud.

- Que no hayan resultado premiados en la pasada convocatoria de este Certamen (año 2008).

Tercera. Inscripción, lugar y plazo de presentación.

  1. Para participar, las personas interesadas deberán cumplimentar el boletín de inscripción conforme al modelo que se recoge en el Anexo II de la presente Resolución, y en el que deberán completar los apartados 1. (Datos del/la participante), 2. (A. Certamen Andaluz de Artes Plásticas) y 3. (Lugar, Fecha y Firma) y dirigirlo al Ilmo. Sr. Director General del Instituto Andaluz de la Juventud.

  2. El boletín de inscripción, una vez cumplimentado, deberá presentarse junto con la documentación que se relaciona en la base cuarta, preferentemente en la Dirección Provincial del Instituto Andaluz de la Juventud de Málaga, C/ Carretería, núm. 7, CP. 29071, Málaga. También se podrá presentar en las demás Direcciones Provinciales del Instituto Andaluz de la Juventud contempladas en el Anexo III, y en los lugares y por los medios indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  3. El plazo de presentación de los boletines de inscripción, acompañados de la documentación que se relaciona a continuación, finalizará el día 22 de junio de 2009.

    Cuarta. Documentación.

    Junto al boletín de inscripción deberá presentarse:

  4. Dossier de la obra: Una fotografía, en tamaño 13 x 18, a color, de cada una de las obras que presenta al Certamen. Cada fotografía deberá llevar el título de la obra.

  5. Currículo artístico del participante.

  6. Fotocopia del DNI.

  7. En su caso, documento que acredite ser andaluz o residente en Andalucía.

  8. Autorización al Instituto Andaluz de la Juventud para la publicación, reproducción o distribución, total o parcial de las obras presentadas al Certamen con renuncia expresa a cualquier tipo de reclamación que pueda derivarse y en los términos exigidos en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, firmada por la persona participante.

  9. Autorización al Instituto Andaluz de la Juventud para exhibir las obras presentadas tanto en la fase final del Certamen, a celebrar en Málaga, así como en cualquier otra exposición que se estime oportuna, firmada por la persona participante.

  10. Para los miembros de comunidades andaluzas asentadas fuera de Andalucía, fotocopia del DNI o pasaporte del participante y certificación del órgano correspondiente de la entidad acreditativa de la pertenencia de la persona...

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