ORDEN de 17 de enero de 1989, por la que se determinan las fiestas lo cales en el ámbito territorial de Andalucía para 1989. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Fomento y Trabajo
Rango de LeyOrden

El artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, (Boletín Oficial del Estado nº 180, del 29 de julio), atribuye a la Autoridad laboral competente la facultad de determinar los días inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, que con el carácter de fiestas locales le sean propuestos por los Plenos de los Ayuntamientos de cada municipio.

Transferida la competencia en esta materia a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre (Boletines Oficiales del Estado nº. 29 y 30, de los días 3 y 4 de febrero de 1983), en uso de las facultades que me están conferidas en virtud de lo dispuesto por el Decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía número 26/1983, de 9 de febrero, (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía nº 15 del día 22 de febrero), por el que se asigna a la Consejería de Fomento y Trabajo dicha competencia,

DISPONGO:

Artículo Primero...

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