DECRETO 234/2001, de 16 de octubre, por el que se desconcentran determinadas funciones en materia de gasto y contratación en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE EMPLEO Y DESARROLLO TECNOLOGICO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 234/2001, de 16 de octubre, por el que se desconcentran determinadas funciones en materia de gasto y contratación en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

El artículo 34.1 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, dispone que la Administración de la Comunidad Autónoma sirve con objetividad a los intereses generales de Andalucía, de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración, coordinación y participación.

Mediante el Decreto 282/1995, de 14 de noviembre, se desconcentraron en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales, entre otras, las facultades que correspondían al órgano de contratación conforme a la entonces vigente Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, en materia de contratos de obra, suministros, consultoría y asistencia, servicios y trabajos específicos y concretos no habituales de la Administración, con los límites que, por razón de su cuantía, se establecieron, asimismo, en el mencionado Decreto.

La reforma de la legislación en materia de contratos de las Administraciones Públicas, que ha culminado con la aprobación del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 junio, ha supuesto, entre otros aspectos, la desaparición de la figura del contrato para la realización de trabajos específicos y concretos no habituales. Por otra parte, la Ley 11/1998, de 28 de diciembre, por la que se aprueban medidas en materia de Hacienda Pública, de introducción al euro, de expropiación forzosa, de contratación, de Función Pública, de tasas y precios públicos de Universidades, Juegos y Apuestas y Empresa Pública para el Desarrollo Agrario y Pesquero de Andalucía, S.A., establece que desde el 1 de enero de 1999 los importes monetarios en las normas autonómicas, cuando utilicen la peseta como unidad de cuenta, deberán hacer...

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