ORDEN de 17 de marzo de 2000, por la que se regula el procedimiento de concesión de subvenciones por el Instituto de la Mujer a empresas que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Andalucía para la realización de acciones positivas a favor de la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN de 17 de marzo de 2000, por la que se regula el procedimiento de concesión de subvenciones por el Instituto de la Mujer a empresas que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Andalucía para la realización de acciones positivas a favor de la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres.
El Estatuto de Autonomía para Andalucía establece, en su artículo 12.2, que la Comunidad Autónoma propiciará la efectiva igualdad del hombre y de la mujer andaluces, promoviendo la plena incorporación de ésta en la vida social y superando cualquier discriminación laboral, cultural, económica o política.
El Instituto Andaluz de la Mujer, conforme a lo dispuesto en su Ley fundacional (Ley 10/1988, de 29 de diciembre, BOJA núm. 106, de 30 de diciembre), tiene como fin promover las condiciones para que sea real y efectiva la igualdad del hombre y la mujer andaluces, haciendo posible la participación y presencia de la mujer en la vida política, económica, cultural y social, y superando cualquier discriminación laboral, cultural, económica o política de ésta.
Para el cumplimiento de sus fines, y con el objetivo de favorecer la igualdad de trato y oportunidades de las mujeres en las relaciones laborales, el Instituto Andaluz de la Mujer promovió y está desarrollando el Proyecto Optima: Una nueva gestión de los recursos humanos.
Dicho programa ha sido incluido en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma a través de varios proyectos de empleo, cofinanciados por el Fondo Social Europeo, dentro del Marco de Apoyo Comunitario del período 2000-2006 y en el ámbito de la medida «DM20040631: Participación de la Mujer en el mercado de trabajo».
En cumplimiento del mismo, y entre otras actuaciones, se prevé la creación de una línea de subvenciones a empresas públicas y privadas, con criterios de publicidad, concurrencia y objetividad en la concesión, con destino a la realización de acciones objeto del citado programa, cuya disponibilidad presupuestaria se acredita en los Proyectos «1999/299 Ayudas para acciones positivas de empleo» y «1999/300 Subvenciones para acciones de igualdad».
Por todo lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el artículo 107 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autó
noma de Andalucía, y a propuesta del Instituto Andaluz de la Mujer, he tenido a bien disponer: Art. 1. Objeto.
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El objeto de la presente Orden es regular el procedimiento de concesión de subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer a empresas que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma Andaluza para la realización de acciones positivas a favor de la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres.
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La financiación de las subvenciones reguladas en la presente Orden se efectuará con cargo a los créditos presupuestarios del Instituto Andaluz de la Mujer, quedando éstas condicionadas a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.
Las subvenciones podrán ser solicitadas por las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, de carácter público o privado, que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que estén ejecutando o tengan previsto desarrollar proyectos que incluyan acciones positivas a favor de la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres.
Art.3. Finalidad.
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Estas subvenciones tienen como finalidad la financiación del desarrollo de acciones positivas a favor de la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres.
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En base a estos fines, se podrán conceder subvenciones para:
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Estudios cuyo objetivo sea analizar la viabilidad de llevar a cabo una reorganización del trabajo que facilite la conciliación entre vida familiar y laboral de hombres y mujeres de la empresa.
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Gastos derivados de guardería infantil, atención de personas mayores, personas enfermas y/o discapacitadas.
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Asistencia técnica para la implantación de sistemas de gestión de recursos humanos con una perspectiva de género que garantice la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres en aspectos como la selección, formación, valoración de los puestos de trabajo, política retributiva y/o promoción profesional.
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Gastos derivados de la implantación de nuevos sistemas de...
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