DECRETO 190/2003, de 24 de junio, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Conjunto Histórico, el sector delimitado a tal efecto de la población de Zuheros (Córdoba).

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE CULTURA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 190/2003, de 24 de junio, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Conjunto Histórico, el sector delimitado a tal efecto de la población de Zuheros (Córdoba).

  1. El artículo 13.27 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, y el artículo 6.a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como organismos competentes para la ejecución de la Ley los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico.

    Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía aprobado

    mediante Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, el titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración de Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha declaración.

  2. La localidad cordobesa de Zuheros, en las Sierras Subbéticas, conserva uno de los Conjuntos Históricos más notables de la provincia de Córdoba, destacando la extraordinaria conservación de su morfología tradicional, en armonía con un entorno natural de gran belleza. Zuheros surge históricamente durante la dominación musulmana, al amparo de una fortaleza situada en una peña adelantada, con el fin de proteger el paso de Córdoba al reino de Granada. Se trata, por tanto, de un pueblo fortaleza con una finalidad militar definida. La torre del homenaje del viejo castillo domina la población desde una elevada roca, configurándose como el más destacado de sus vestigios arquitectónicos y, al tiempo, como imagen de la localidad. El palacio renacentista, ubicado al otro extremo del recinto amurallado y la iglesia parroquial de los Remedios constituyen dos puntos de interés artístico de la localidad, destacando por encima de ellos el inmejorable entramado urbano tradicional y su arquitectura popular.

  3. Por Resolución de 21 de marzo de 1985, de la Dirección General de Bellas Artes de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía (BOJA de 13 de abril de 1985) fue incoado expediente de declaración de Conjunto Histórico-Artístico, a favor de Zuheros (Córdoba), según la Ley de 13 de mayo de 1933, sobre defensa, conservación y acrecentamiento del patrimonio histórico-artístico nacional, siguiendo su tramitación según lo previsto en dicha Ley, el Decreto de 16 de abril de 1936 y Decreto de 22 de julio de 1958, de acuerdo con lo preceptuado en el apartado uno de la disposición transitoria sexta de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

    En la tramitación del expediente y de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley de 13 de mayo de 1933, sobre defensa, conservación y acrecentamiento del patrimonio histórico-artístico nacional, así como en el artículo 84 de la Ley de Procedimiento Administrativo, de 17 de julio de 1958, han emitido informe favorable a la declaración, la...

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