DECRETO 393/1990, de 6 de noviembre, por el que se modifica parcialmente la composición del Consejo Andaluz de Provincias regulada por Decreto 242/1988, de 21 de junio. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyDecreto

Efectuada por Decreto del Presidente 223/1990, de 27 de julio, la reestructuración de Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma, se hace necesario acomodar la composición del Consejo Andaluz de Provincias a la nueva organización departamental. En su virtud, a propuesta de la Consejería de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 6 de noviembre de 1990,

DISPONGO:

Artículo único La letra A) del número 4 del artículo 4º. del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Interior del Consejo Andaluz de Provincias, aprobado por Decreto 242/1988, de 21 de junio, queda redactado de la forma siguiente: "Son vocales del Consejo Andaluz de Provincias:
  1. En representación de la Comunidad Autónoma:

  1. Los Consejeros de Economía y Hacienda, de Obras Públicas y Transportes, de Salud, de Educación y Ciencia, de Asuntos Sociales y de Cultura y Medio Ambiente.

  2. El Viceconsejero de Gobernación".

DISPOSICION DEROGATORIA

Queda derogada la letra A) del número 4 del artículo 4º. del Rglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Interior del Consejo Andaluz de Provincias, aprobado por Decreto 242/1988, de 21 de junio.

DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 6 de noviembre de 1990

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

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