Decreto 37/1982, de 4 de agosto, sobre estructura orgánica de la Consejería de Gobernación. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorPRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

Determinada la composición y distribución de Consejerías por Decreto

34/1982, de 27 de julio, entre los distintos miembros del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, y en tanto se cumplen las previsiones establecidas en el artículo 36 del Estatuto de Autonomía, resulta necesario definir la estructura de la Consejería de Gobernación.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 4 de agosto de 1982,

DISPONGO:

Artículo Primero La Consejería de Gobernación, bajo la superior dirección de su titular, se estructura en los siguientes Organos Directivos:

- Viceconsejería.

- Secretaría General Técnica.

- Dirección General de Coordinación y Administración Local.

- Dirección General de Política Interior.

Artículo Segundo El Consejero estará directamente asistido por una Secretaría, al frente de la cual podrá designar un titular, con categoría de Jefe de Servicio.
Disposición Derogatoria Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo previsto en el presente Decreto.
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