DECRETO 278/1986, de 8 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Trabajo y Bienestar Social
Rango de LeyDecreto

La reorganización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía llevada a cabo por el Decreto del Presidente 130/1986, de 30 de julio (BOJA nº 74 de 30.7.1986), ha determinado la asunción por parte de la Consejería de Trabajo y Bienestar Social de competencias que, hasta tal fecha, figuraban asignadas a otros Departamentos, como son las relativas a tutela de menores y consumo. Con ello se residencia en la mencionada Consejería todo un bloque de funciones que, unidas a las que venía gestionando en materia de servicios y asistencia sociales, en general y de Seguridad Social, de protección a la mujer, de guarderias infantiles y laborales y fundaciones benéficas y laborales, acaban por definir una gran área competencial en materia de Bienestar Social, que origina el cambio de denominación efectuado por el Decreto del Presidente citado inicialmente. Lo anterior hace necesario que se dote a la Consejería de una nueva estructura orgánica, resultado de introducir en la actualmente en vigor, aprobada por Decreto 314/1984, de 11 de diciembre (BOJA nº 3 de

11.1.1985), al que complementa la presente norma, las modificaciones necesarias para adaptarla a los nuevos cometidos asignados en orden a una mayor eficacia en su actuación. En su virtud, previo informe de la Consejería de Economía y Hacienda, con la aprobación de la Consejería de Gobernación y a propuesta de la Consejería de Trabajo y Bienestar Social, conforme al artículo 39.2º de la Ley 6/1983, de 21 de julio (BOJA nº 60, de 29.7.83), del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 8 de octubre de 1986.

D I S P O N G O :

Artículo 1º Organización General de la Consejería

La Consejería de Trabajo y Bienestar Social, bajo la superior dirección del Consejero, se estructura en los siguientes órganos directivos:

Viceconsejería

Secretaría General Técnica

Dirección General de Trabajo y Seguridad Social Dirección General de Cooperativas y Empleo Dirección General de Servicios Sociales

Dirección General de Emigración

Dirección General de Consumo

Artículo 2º Dirección General de Trabajo y Seguridad Social

La Dirección...

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