DECRETO 190/1995, de 1 de agosto, por el que se crean los Consejos de Puertos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyDecreto

En base a lo dispuesto en el artículo 13.11 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, nuestra Comunidad Autónoma tiene competencias, en materia portuaria, en todos aquellos puertos del litoral andaluz que no tengan la calificacióún legal de interés general del Estado, siendo por Real Decreto

3137/1983, de 25 de agosto, que se produjo la transferencia de funciones del Estado en todos los puertos que no tuvieron la citada calificación. En el período transcurrido desde entonces, la política portuaria de la Junta de Andalucía se ha centrado en la ejecución de nuevas infraestructuras portuarias en aquellos arcos de litoral deficitarios de las mismas y en mejorar las ya existentes.

Esta línea de actuación ha dado como resultado la implantación de un vedadero sistema portuario andaluz, que sirve de apoyo esencialmente a los sectores productivos relacionados con la pesca, el transporte, el turismo y el deporte, y son a la vez focos de dinamización de las economías locales en aquellos Municipios en los que se encuentran enclavados los distintos puertos de competencia de la Comunidad Autónoma. Alcanzado un adecuado desarrollo en la estructura del sistema andaluz de puertos, la Comunidad Autónoma de Andalucía creó la Empresa Pública de Puertos de Andalucía para la gestión de los puertos con criterios de agilidad y eficacia, y para ofrecer la mejor prestación de servicios a los usuarios y la mayor rentabilización económica y social de los recursos públicos invertidos.

Los anteriores objetivos, que han empezado a desarrollarse de forma directa por la Empresa Pública de Puertos de Andalucía, deben recibir en el momento actual un claro impulso proveniente de la necesaria participación de los distintos sectores de actividad implantados en los puertos. Dicha participación implicará un coprotagonismo de aquéllos, junto a la acción de la Administración, en la orientación y definición de las líneas básicas de la gestión portuaria y de la política de inversión de recursos públicos en los puertos de nuestra Comunidad Autónoma. Para instrumentar tal participación se configuran los Consejos de Puertos como instancias idóneas para sumar las aportaciones de las partes...

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