DECRETO 297/2003, de 21 de octubre, por el que se crea el Comisionado para el Polígono Sur de Sevilla.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 297/2003, de 21 de octubre, por el que se crea el Comisionado para el Polígono Sur de Sevilla.
Las peculiaridades socioeconómicas del denominado «Polígono Sur» en la ciudad de Sevilla, aconsejan acometer iniciativas que permitan mejorar la integración de sus vecinos en la ciudad en condiciones de normalidad, convivencia y disfrute de los servicios propios de una barriada. Una de estas iniciativas consiste en la creación de un órgano que contribuya a la más ágil interlocución de la Administración de la Junta de Andalucía con las restantes Administraciones con competencias en la materia. Con ello, se pretende contar con un cauce «ad hoc» que permita la mejor solución a los problemas de marginalidad social, seguridad, empleo, asuntos sociales, vivienda, entre otros, que están repercutiendo gravemente en la citada barriada.
La consecución de los objetivos antes descritos necesita, más que nunca, de la conjunción y armonía de los distintos ámbitos competenciales bajo los principios de colaboración, cooperación y coordinación. A este respecto existe ya un acuerdo básico, pendiente de ratificación, entre la Junta de Andalucía, la Administración del Estado y el Ayuntamiento de Sevilla para impulsar la colaboración en el Polígono Sur.
En este sentido, como experiencia novedosa en el ámbito de la rehabilitación integral de este tipo de áreas, mediante el presente Decreto se crea, con carácter extraordinario, el Comisionado para el Polígono Sur de Sevilla, que actuará como canalizador e interlocutor preferente de la actividad administrativa en tal entorno urbano. Del mismo modo, las restantes administraciones implicadas, designarán una persona responsable con capacidad suficiente para dar respuesta, en el ejercicio de su respectivo ámbito competencial, a los temas que plantee el Comisionado.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.15 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta de los titulares de las Consejerías de Gobernación y Obras Públicas y Transportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 21 de octubre de 2003,
DISPONGO
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