Decreto 626/2019, de 27 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2019 de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Salud y Familias
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone, en su artículo 55.2, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida con el Estado sobre el régimen estatutario y la formación del personal que presta servicios en el sistema sanitario público.

El artículo 70.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, dispone que la Oferta de Empleo Público se aprobará por los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas anualmente. En este sentido, en el artículo 35.1 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, se establece que las ofertas de empleo público serán aprobadas por el Consejo de Gobierno.

Por su parte, Ley 3/2019, de 22 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2019, dispone en su artículo 13, apartado uno, que durante este año se podrá proceder a la incorporación de nuevo personal en el sector público andaluz, hasta el máximo que se establezca por la legislación básica estatal.

En este sentido, el artículo 19.Uno.4 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, prevé adicionalmente, que las Administraciones Públicas comprendidas en los números 3 y 4, entre las que se encuentra el Servicio Andaluz de Salud, podrán ofertar un número de plazas equivalente al 5 por ciento del total de su tasa de reposición, que irán destinadas a aquellos sectores o ámbitos que consideren que requieren un refuerzo adicional de efectivos. Este porcentaje adicional se utilizará preferentemente cuando se dé, entre otras, alguna de las siguientes circunstancias: establecimiento de nuevos servicios públicos, incremento de actividad estacional por la actividad turística o alto volumen de jubilaciones esperadas. Asimismo, en su apartado uno, número 7, señala de forma expresa que no computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos, las que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna.

La utilización de dicha tasa adicional se justifica en la elevada edad media de la plantilla en la que el porcentaje de mayores de 55 años se acerca al 35 %con un crecimiento de 6 puntos porcentuales en los últimos 4 años, el elevado número de jubilaciones previstas en la próxima década que, como el caso del personal sanitario del grupo A1 originará la jubilación del 40% del colectivo y la necesidad de dar cobertura a las exigencias de personal que el desarrollo de nuevos servicios públicos sanitarios para cubrir nuevas necesidades de diagnóstico y tratamiento.

De otro lado, el apartado cinco contenido en el citado artículo 19 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, establece que la validez de la tasa de reposición autorizada estará condicionada a que las plazas resultantes se incluyan en una Oferta de Empleo Público que, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 70 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, deberá ser aprobada por los respectivos órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas y publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, antes de la finalización del año 2019.

La Oferta de Empleo Público es fruto, tal y como establece el artículo 12.2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, y el artículo 69 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, de las medidas derivadas de la planificación de recursos humanos así como del consenso alcanzado por la Mesa Sectorial en sus reuniones de fechas 16 de noviembre de 2016 y de 10 de enero de 2017 en las que se acuerda una sistematización de los procesos selectivos que permita garantizar su necesaria continuidad mediante una planificación de carácter bienal, y la programación anual de las ofertas de empleo público y los procesos selectivos. En las sesiones de la Mesa Sectorial de 29 de julio y de 6 de agosto de 2019, se concretan los datos definitivos de reposición de efectivos y se aprueba la propuesta de oferta de empleo público de 2019 para su tramitación ante el Consejo de Gobierno.

En este Decreto se ofertan tanto las plazas que deben proveerse por personal de nuevo ingreso mediante el sistema de acceso libre, como aquellas que se proveerán mediante procesos selectivos de promoción interna, facilitando con ello el derecho a la promoción profesional del personal estatutario fijo al que se refiere el artículo 34 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre.

En esta Oferta, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 59 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 30.6 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre; en el artículo 42.2 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad, aprobado en virtud del Real Decreto-Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre; en el artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía; en el artículo 4, apartados 3 y 4, del Decreto 136/2001, de 12 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud; en el artículo 3 del Decreto 93/2006, de 9 de mayo, por el que se regula el ingreso, la promoción interna y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la Función Pública de la Administración General de la Junta de Andalucía, se reserva un porcentaje del diez por ciento de las plazas para las personas que acrediten una discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento, destinado tanto a las personas que acrediten discapacidad física, sensorial, psíquica como a las personas que acrediten discapacidad intelectual o enfermedad mental, desglosándose por categorías profesionales y especialidades u opciones de acceso.

Resulta de aplicación a esta Oferta para el año 2019 la regulación de la Oferta de Empleo Público de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud que se establece en el artículo 4 del Decreto 136/2001, de 12 de junio.

La simplificación de los medios de inscripción en un único sistema electrónico supone una mayor agilización de la tramitación y facilita la accesibilidad de los ciudadanos, que pueden realizar las gestiones necesarias desde cualquier lugar y hora, dentro del plazo previsto en la convocatoria. Para ello, el Servicio Andaluz de Salud ha llevado a cabo un importante esfuerzo en la implementación de las distintas herramientas informáticas que posibilitan garantizar el pleno ejercicio del derecho al acceso al empleo público. La entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ha introducido novedades en el procedimiento administrativo que, en el caso de las Ofertas de Empleo Público del Servicio Andaluz de Salud, ha supuesto la implantación de la vía electrónica como medio de inscripción suponiendo el único canal utilizado por los aspirantes a ingresar o acceder a la condición de personal estatutario.

Por su parte, el artículo 30 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud establece, entre los requisitos para poder participar en el correspondiente proceso selectivo, la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento, ello determina la exigencia de que el personal estatutario reúna las habilidades necesarias para su dedicación profesional, que incluyen, entre otras, la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR