Decreto 572/2019, de 1 de octubre, por el que se modifica el Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación
Rango de LeyDecreto

El Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, modificado por el Decreto 458/2019, de 23 de abril, establece el organigrama de la Consejería con arreglo a la distribución de competencias prevista en el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, a su vez modificado por el Decreto 6/2019, de 11 de febrero, el cual establece en su artículo 11 que corresponden a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación las competencias actualmente atribuidas a la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, salvo las que se atribuyen a la Consejería de Salud y Familias.

No obstante, el transcurso del tiempo ha puesto de manifiesto la necesidad de una nueva adaptación del mismo, con objeto de lograr una mayor eficacia y eficiencia en la gestión de las competencias en materia de violencia de género y conciliación, por lo que se considera conveniente modificar el reparto competencial descrito atribuyendo a la Secretaría General de Políticas Sociales, Voluntariado y Conciliación las competencias que en materia de conciliación asume la Consejería.

Se lleva a cabo una nueva distribución de competencias entre la Dirección General de Violencia de Género, Igualdad de Trato y Diversidad y el Instituto Andaluz de la Mujer, de tal forma que se superan y ordenan competencias que en la práctica resultaban concurrentes y restaban eficacia, en coherencia con los principios y objetivos definidos en la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, en la redacción dada por la Ley 9/2018, de 8 de octubre, implementando así mecanismos para hacer más eficaces las políticas de igualdad de género.

Por otro lado, a la Secretaría General de Políticas Sociales y Conciliación le corresponden, entre otras, las competencias de planificación y coordinación general de las políticas públicas en materia de acción voluntaria organizada y la promoción del voluntariado, asumiendo así el deber de fomentar mecanismos que favorezcan la participación ciudadana, con garantías de autonomía, responsabilidad y respeto hacia los valores de solidaridad y transformación social inherentes al ejercicio del voluntariado. Por ello, dado que el movimiento del voluntariado se constituye en una de las expresiones de ciudadanía más sólidas de nuestra actualidad, se ha considerado oportuno visibilizar y poner en valor esta expresión de ejercicio de ciudadanía en la denominación de la Secretaría General.

Por último se llevan a cabo ajustes competenciales tales como la adscripción a la Secretaría General de Políticas Sociales, Voluntariado y Conciliación de la Inspección de Servicios Sociales y la coordinación y tramitación de las convocatorias de subvenciones que se realicen con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la adscripción orgánica a la Viceconsejería del Instituto Andaluz de la Mujer, la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía y la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el desarrollo, así como una mejora en la redacción del texto que define dichas competencias, todo ello basado en los principios de necesidad y eficacia, que justifican en aras del interés general este texto normativo.

El presente decreto cumple con los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, y no conlleva la restricción de derechos de las personas, al tiempo que establece las medidas imprescindibles para cumplir su finalidad, sin...

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