Decreto 50/2017, de 28 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2017 para ingreso en los Cuerpos de Maestros y de Profesores de Enseñanza Secundaria.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE EDUCACION
Rango de LeyDecreto

El régimen de la Oferta de Empleo Público en la Administración de la Junta de Andalucía viene determinado por el artículo 35 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, en la redacción dada por la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales y Administrativas, así como por lo dispuesto en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su disposición adicional duodécima, contiene las normas que constituyen, entre otras, las bases del régimen estatutario de los funcionarios docentes.

El Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, aprobado por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, dispone, como requisito previo a las convocatorias para la provisión de plazas, la publicación por las Administraciones educativas de las respectivas ofertas de empleo.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 59 del citado texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se reserva un siete por ciento de las plazas para su cobertura por personas cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al treinta y tres por ciento.

El conocimiento del estado actual del sistema educativo, así como las necesidades en orden a la mejora de la calidad de la enseñanza aconsejan proceder a la convocatoria de procedimiento selectivo que permita la cobertura de los puestos vacantes en las plantillas docentes. En consecuencia, se hace preciso ofertar para el ejercicio 2017 las oportunas plazas que garanticen el cumplimiento de los objetivos propuestos para la atención del servicio educativo.

Para el cómputo de las plazas ofertadas se ha tenido en consideración lo establecido en el artículo 13.1 de la Ley 10/2016, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2017, respecto a la aplicación del porcentaje de la tasa de reposición, fijado en un máximo del 100%, constando el informe favorable de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

La Oferta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR