Decreto 425/2015, de 8 de septiembre, por el que se crean y se suprimen determinadas escuelas infantiles de titularidad distinta a la de la Junta de Andalucía.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE EDUCACION
Rango de LeyDecreto

La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, en su artículo 41.3 establece que la Administración educativa garantizará progresivamente la existencia de puestos escolares en el primer ciclo de la educación infantil para atender la demanda de las familias. Con esta finalidad, se crearán escuelas infantiles y se determinarán las condiciones en las que podrán establecerse convenios con las Corporaciones locales, otras administraciones y entidades privadas sin fines de lucro.

Por otro lado, la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, establece que la creación de centros públicos cuyos titulares sean las Corporaciones locales, se realizará por Convenio entre éstas y la Administración educativa competente.

En cumplimiento de los citados preceptos, la Consejería competente en materia de educación ha suscrito Convenios de Cooperación con determinados Ayuntamientos, con la Mancomunidad de Municipios «Sierra de Cádiz» y con la Universidad de Málaga, para la creación de escuelas infantiles que atiendan la demanda de escolarización en el primer ciclo de la educación infantil.

Por otro lado, dos Ayuntamientos han solicitado la supresión de escuelas infantiles, de las que son titulares, ubicadas en sus respectivos municipios, por cese de actividad de las mismas.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo diecisiete de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y en el artículo 9.1 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil, y de acuerdo con las atribuciones que establece el artículo 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Educación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 8 de septiembre de 2015,

DISPONGO

Artículo primero Creación de escuelas infantiles.
  1. Se crean las escuelas infantiles que se relacionan en el Anexo I del presente Decreto, cuyas titularidades ostentan los Ayuntamientos de los correspondientes municipios y entidades locales autónomas.

  2. Se crea la escuela infantil «El Lago»...

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