Decreto 4/2017, de 10 de enero, por el que se acepta la cesión gratuita de la propiedad a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Ayuntamiento de Sierra de Yeguas de una parcela de seis mil doscientos noventa y un metros, veintiséis decímetros cuadrados (6.291,26 m²), donde se ubica actualmente el IES «Sierra de Yeguas», sita en calle Federico García Lorca, s/n, de Sierra de Yeguas (Málaga), y se adscribe a la Consejería de Educación.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyDecreto

Por el Pleno del Ayuntamiento de Sierra de Yeguas (Málaga), se ha acordado la transmisión de la propiedad, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de una parcela de terreno de 6.291,26 m², sita en calle Federico García Lorca, s/n, de dicha localidad, de titularidad municipal, donde se ubica el IES «Sierra de Yeguas».

La Consejería competente en materia de educación hizo propuesta de aceptación de dicha cesión con destino a uso educativo.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 10 de enero de 2017,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80, y concordantes, de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la transmisión de la propiedad, acordada por el Ayuntamiento de Sierra de Yeguas (Málaga), de la parcela de terreno de 6.291,26 m², sita en calle Federico García Lorca, s/n, de Sierra de Yeguas (Málaga), donde se ubica el IES «Sierra de Yeguas».

La parcela se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad de Campillos (Málaga) al Tomo 996, Libro 121, Folio 8, con el número de finca 12088, con referencia catastral es 4302705UG3140S0001BI.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de Entidades Locales de Andalucía, la cesión gratuita de la propiedad se formalizará en escritura pública o documento administrativo y se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la...

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