Decreto 180/2014, de 23 de diciembre, por el que se establecen ayudas sociales de carácter extraordinario a favor de las personas perceptoras de las pensiones del Fondo de Asistencia Social y de las beneficiarias del subsidio de garantía de ingresos mínimos para el año 2015.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales
Rango de LeyDecreto

El Fondo de Asistencia Social (FAS) tiene su origen en el Real Decreto 2620/1981, de 24 de julio, por el que se regula la concesión de ayudas del Fondo de Asistencia Social a ancianos y a enfermos incapacitados para el trabajo.

En fecha posterior, la Ley 28/1992, de 24 de noviembre, de Medidas Presupuestarias Urgentes del Estado, en su artículo 7, determina que, a partir del 23 de julio de 1992, quedan suprimidas las pensiones reguladas en el citado Real Decreto 2620/1981, de 24 de julio, por lo que únicamente serán percibidas por quienes ya las tuvieran reconocidas antes de dicha fecha.

Por su parte, el Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos (SGIM) tiene su origen en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos, que, inspirándose en los derechos que reconoce la Constitución en su artículo 49, estableció, entre otras prestaciones, este subsidio.

Esta Ley ha sido derogada por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. Sin embargo, la disposición transitoria única del Texto Refundido, dispone que los beneficiarios del SGIM continuarán con el derecho a la percepción del mismo, siempre que continúen reuniendo los requisitos exigidos reglamentariamente para su concesión y no opten por pasar a percibir pensión no contributiva de la Seguridad Social.

La Comunidad Autónoma, en ejercicio de las competencias exclusivas en materia de asuntos sociales que le atribuye el artículo 61.1.a) del Estatuto de Autonomía para Andalucía, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la Ley 2/1988, de 4 de abril, de Servicios Sociales de Andalucía, instauró ayudas económicas complementarias de carácter extraordinario para las personas beneficiarias de FAS y del SGIM mediante el Decreto 261/1989, de 19 de diciembre, con la finalidad de contribuir a mejorar su situación socioeconómica. Posteriormente, el Decreto 31/1993, de 16 de marzo, volvió a regular dichas ayudas otorgándoles carácter excepcional, cuya vigencia se extendía únicamente a los ejercicios 1993 y 1994.

Sin embargo, las circunstancias económicas y la precaria situación de las personas beneficiarias, hicieron necesario continuar...

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