Decreto 120/2016, de 5 de julio, por el que se crean y se suprimen determinadas escuelas infantiles de titularidad municipal en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE EDUCACION
Rango de LeyDecreto

La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, en su artículo 41.3 establece que la Administración educativa garantizará progresivamente la existencia de puestos escolares en el primer ciclo de la educación infantil para atender la demanda de las familias. Con esta finalidad se crearán escuelas infantiles y se determinarán las condiciones en las que podrán establecerse convenios con las Corporaciones locales, otras administraciones y entidades privadas sin fines de lucro.

Por otro lado, la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, establece que la creación de centros públicos cuyos titulares sean las Corporaciones locales se realizará por Convenio entre éstas y la Administración educativa competente.

En cumplimiento de los citados preceptos, la Consejería competente en materia de educación ha suscrito Convenios de Cooperación con determinados Ayuntamientos para la creación de escuelas infantiles que atiendan la demanda de escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en sus respectivos municipios.

Por otro lado, los Ayuntamientos de Albaida del Aljarafe y Alcolea del Río han solicitado la supresión de escuelas infantiles, de las que son titulares, ubicadas en sus respectivos municipios, por cese de actividad de las mismas.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo diecisiete de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y en el artículo 9.1 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil, y de acuerdo con las atribuciones que establece el artículo 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Educación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 5 de julio de 2016,

DISPONGO

Artículo primero Creación de escuelas infantiles.

Se crean las escuelas infantiles que se relacionan en el Anexo I del presente Decreto, cuyas titularidades ostentan los Ayuntamientos de los correspondientes municipios.

Artículo segundo Supresión de escuelas infantiles.

Se suprimen...

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