Decreto 119/2016, de 5 de julio, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, la Plaza de Toros de Campofrío en el término municipal de Campofrío (Huelva).

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE CULTURA
Rango de LeyDecreto
  1. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el Estatuto de Autonomía para Andalucía en su artículo 37.1.18º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución.

    En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, en el artículo 6 se constituye el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndose a la Consejería competente en la materia de patrimonio histórico la formación, conservación y difusión del mismo. Asimismo, en el artículo 9 se regula la tramitación de los procedimientos de inscripción y establece en su artículo 9.7.a), que el órgano competente para resolver los procedimientos de inscripción de Bienes de Interés Cultural, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, es el Consejo de Gobierno.

    Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, declarado vigente por la disposición derogatoria única de la Ley 14/2007, atribuye la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la persona titular de la Consejería de Cultura, el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de los Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a éste último dicha inscripción. El artículo 7.2 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, dispone la forma de inscripción en el Catálogo, indicando que se podrá realizar de manera individual o colectiva.

  2. La Plaza de Toros de Campofrío es la edificación más antigua del municipio, remontándose a principios del siglo XVIII (1717), por lo que cuenta con tres siglos de historia. La tipología original responde al propio de las plazas de toros, presentando este ejemplo el valor añadido de ser una de las más antiguas que se conservan. En el contexto de las edificaciones de plazas en la comarca serrana, se documentan desde finales del siglo XVI, con la Plaza de Toros de la Ermita de San Mamés en Rosal de la Frontera (1599), la primera en España, seguida de la Plaza de Toros de la Ermita de Santa Eulalia en Almonaster la Real (1608), precedentes de la de Campofrío, que muestran el tradicional arraigo de la tauromaquia en la sociedad serrana. Tanto es así, que la vinculación de las tradiciones locales con la actividad taurina es incluso anterior a la edificación actual, ya que se documenta la lidia de toros en Campofrío en recintos de arquitectura efímera, relacionado con celebraciones religiosas, por lo que la plaza materializa una idiosincrasia ancestral propia de los pobladores de...

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