Decreto 101/2015, de 3 de marzo, por el que se disponen nombramientos y prórrogas de Presidentes de Juntas Rectoras de Parques Naturales de Andalucía.

Sección2. Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
Rango de LeyDecreto

La Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección dispone en su artículo 20.1 que los Parques Naturales contarán con una Junta Rectora como órgano colegiado de participación con la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. En su artículo 19.2, establece que los espacios naturales protegidos inscritos en Convenios o Acuerdos Internacionales tendrán un Patronato con las funciones previstas para los órganos colegiados de participación de los Parques Naturales.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.2 de la citada Ley, los Presidentes de las Juntas Rectoras serán nombrados por el Consejo de Gobierno a propuesta de la persona titular de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. A tal efecto la Junta Rectora propondrá a tres personas. La presidencia se ejercerá durante un período de cuatro años, pudiendo prorrogarse por igual plazo a propuesta de la propia Junta Rectora.

El Decreto 239/1997, de 15 de octubre, por el que se regula la constitución, composición y funciones de las Juntas Rectoras, establece en su artículo 4.1 que la Junta Rectora propondrá por mayoría absoluta en primera votación, o por mayoría simple en segunda, como candidatos para la presidencia a tres personas de reconocido prestigio y competencia en materia territorial y ambiental.

Habiéndose culminado el proceso de renovación o, en su caso, de prórrogas del mandato de las presidencias de las Juntas Rectoras de los Parques Naturales de Sierra de Andújar, Sierras Subbéticas y Sierra Norte de Sevilla, de conformidad con lo dispuesto en la normativa antes citada y adoptado el correspondiente acuerdo por la Junta Rectora correspondiente, procede el nombramiento o prórroga de los candidatos propuestos.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 20.2 de la Ley 2/1989, de 18 de julio, y de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 239/1997, de 15 de octubre, vistos los acuerdos adoptados por las distintas Juntas Rectoras de los Parques Naturales afectados, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del...

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