RESOLUCION de 7 de enero de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 1688/87, interpuesto por Aguas del Puerto, Empresa Municipal, SA y de la sentencia dictada en el recurso de apelación núm. 2697/1990 interpuesto contra la misma.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE TRABAJO E INDUSTRIA
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 7 de enero de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 1688/87, interpuesto por Aguas del Puerto, Empresa Municipal, SA y de la sentencia dictada en el recurso de apelación núm. 2697/1990 interpuesto contra la misma.

En el recurso contencioso-administrativo número 1688/87, interpuesto por Aguas del Puerto, Empresa Municipal, S.A., contra resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía y Fomento de la Junta de Andalucía de 24 de marzo de 1987 resolutoria del recurso de alzada entablado contra acuerdo de 14 de octubre de 1986 de la Delegación Provincial de Cádiz sobre facturación de suministro de aguas, se ha dictado sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, con fecha 25 de septiembre de 1989, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Fallamos: Desestimar íntegramente el recurso interpuesto por Aguas del Puerto, Empresa Municipal, S.A., contra resolución de 24 de marzo de 1987, de la Consejería de Economía y Fomento que se hace extensiva a la resolución de 14 de agosto de 1987 desestimatoria del recurso de reposición, que declaramos ajustadas a Derecho. Sin costas

.

En el recurso de apelación núm. 2697/1990 tramitado ante la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo a instancia de la entidad «Aguas del Puerto, Empresa Municipal Sociedad Anónima (APEMSA) contra la expresada sentencia, se ha dictado con fecha 5 de febrero de 1998 la sentencia, que es firme, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Fallamos: Que, desestimando el presente recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la entidad Aguas del Puerto Empresa Municipal Sociedad Anónima (APEMSA) contra la sentencia dictada, con fecha...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR