Decreto 224/2011, de 28 de junio, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, la iglesia de Nuestra Señora de la Asunción, en Huércal- Overa (Almería).

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE CULTURA
Rango de LeyDecreto
  1. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 10.3.3º, que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18º, preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28º de la Constitución.

    En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, establece en su artículo 9.7.a), que el órgano competente para resolver los procedimientos de inscripción de Bienes de Interés Cultural en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz es el Consejo de Gobierno.

    Así mismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, declarado vigente por la disposición derogatoria de la Ley 14/2007,de 26 de noviembre, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la persona titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de los Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha inscripción.

  2. Los orígenes de la iglesia de Nuestra Señora de la Asunción, parroquia de Huércal-Overa, probablemente se remontan a finales del siglo XV, aunque su origen administrativo hay que situarlo en la «Erección de oficios y beneficios en las iglesias parroquiales de la ciudad de Almería y su obispado» realizada por fray Diego de Deza en 1505. Sin embargo el actual templo es una espléndida fábrica barroca levantada entre los años 1709 y 1739 bajo el episcopado del cardenal Belluga y Moncada, caracterizada por la armonía compositiva tanto de sus proporciones como de su concepción espacial, más cercano al barroquismo murciano que al característico almeriense, debido a que perteneció a la diócesis de Murcia hasta el siglo XX.

    En la sobriedad decorativa del interior resalta el magnifico retablo del altar mayor considerado como uno de los más significativos de la escuela murciana y, entre los bienes muebles, la imagen de Nuestro Padre Jesús Nazareno, del escultor Francisco Salzillo, realizada en 1745.

  3. La Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Cultura, mediante Resolución de 9 de junio de 1982 (publicada en el BOE número 186, de 5 de agosto de 1982), incoó expediente de declaración de Monumento histórico-artístico a favor de la iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Asunción, en Huércal-Overa (Almería), según la Ley de 13 de mayo de 1933, sobre defensa, conservación y acrecentamiento del Patrimonio Histórico Artístico Nacional, siguiendo su tramitación según lo previsto en dicha Ley, en el Decreto de 16 de abril de 1936 y en el Decreto de 22 de julio de 1958, según lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

    En relación a la instrucción del procedimiento, han emitido informe favorable a la inscripción la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, en informe de fecha 17 de junio de 1983, y la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Almería, en sesión celebrada con fecha 7 de febrero de 2002 y en sesión celebrada con fecha 30 de abril de 2010.

    De acuerdo con la legislación aplicable, se cumplimentaron los trámites preceptivos de información pública (BOJA número 16, de 7 de febrero de 2002), y de audiencia al Ayuntamiento de Huércal-Overa, al obispado de Almería y particulares interesados. A los interesados cuyos datos se desconocen y a los que intentada la notificación no se pudo practicar, se procedió a notificarles dicho trámite mediante publicación en el BOJA, núm. 45, de 18 de abril de 2002 y su exposición en tablón de edictos del Ayuntamiento de Huércal-Overa (Almería).

    En el transcurso del procedimiento se presentaron alegaciones que fueron contestadas por la Delegación Provincial de Almería.

    Con posterioridad, debido a una modificación del expediente por la incorporación de bienes muebles no incluidos en el trámite de audiencia anterior, se procedió a realizar un nuevo trámite de audiencia al Ayuntamiento de Huércal-Overa, al obispado de Almería y particulares interesados. A los interesados cuyos datos se desconocen y a los que intentada la notificación no se les pudo practicar, se procedió a notificarles dicho trámite mediante publicación en el BOJA, núm. 88, de 7 de mayo de 2010, y...

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