DECRETO 261/1988, de 2 de agosto, sobre coordinación de la elaboración y desarrollo de la política informática de la Junta de Andalucía.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | CONSEJERIA DE GOBERNACION |
Rango de Ley | Decreto |
Con la actual situación de desarrollo informático de la Junta de Andalucía se puede considerar como finalizada una etapa en el proceso de informatización, caracterizada por la creación y consolidación de la infraestructura necesaria y el impulso a los grandes sistemas de uso general.
Cumplidos estos objetivos, la Junta de Andalucía debe comenzar un nuevo periodo más expansivo en cuanto a la utilización de la informática, tanto en el sentido cualitativo como cuantitativo, para lo cual se requiere una definición más exhaustiva de las funciones y órganos competentes en la elaboración y desarrollo de la política informática. En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 2 de agosto de
1988.
DISPONGO:
A los efectos de este Decreto, se entiende por Política Informática el conjunto de medidas, planes referentes a los sistemas para el tratamiento de la información; el desarrollo e implantación de sistemas de información y bancos de datos; las redes de comunicación y transmisión de datos; los sistemas para la automatización de oficinas; la protección y seguridad de los datos y medios informáticos, así como la coordinación de los recursos humanos y gestión de los recursos materiales con que cuente la Junta de Andalucía para su correcto funcionamiento, al objeto de que sirvan como instrumento para el cumplimiento de los objetivos generales establecidos por el Consejo de Gobierno.
A la Consejería de Gobernación corresponde, en general, la dirección, impulso y gestión de la Política Informática de la Junta de Andalucía. 2. En particular, desarrollará las siguientes funciones: Estudiar, elaborar y proponer al Consejo de Gobierno los planes generales y anuales tendentes a la ordenación de la Política Informática de la Junta de Andalucía.
Impulsar y desarrollar las acciones necesarias para el cumplimiento de estos planes, asesorando a los distintos órganos de la Administración, y coordinando los recursos y medios informáticos de que ésta dispone para la consecución de sus objetivos tanto generales como sectoriales. Tener conocimiento previo de la...
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