DECRETO 278/1984, de 23 de octubre, por el que la Dirección General de Trabajo, Empleo y Cooperativas se escinde en las Direcciones Generales de Trabajo y de Cooperativas y Empleo.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Trabajo y Seguridad Social
Rango de LeyDecreto

La eficacia en la actuación de los órganos políticos de la Comunidad Autónoma, dentro del marco general de competencias atribuidas por el Estatuto de Autonomía, exige la adecuación de los mismos a la gestión que necesariamente se deriva de dichas competencias y del volumen de traspasos asumidos en cada momento. Las transferencias producidas a lo largo de 1984 en materias tales como Cooperativas, Fondo Nacional de Protección al Trabajo, y Regulación de Empleo, asignadas a la Consejería de Trabajo, y Seguridad Social, obligan a ésta a reestructurar sus instancias directivas, haciéndolas más dinámicas y eficaces en la atención de los servicios gestionados. De otra parte, la próxima aprobación de la Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas y su consecuente puesta en marcha, la innovación de programas de promoción del empleo y el seguimiento del Plan de Empleo Rural, junto con atenciones concretas, anteriormente asumidas, como el régimen de las condiciones de trabajo y el seguimiento de la negociación colectiva, obligan a desdoblar la actual Dirección General de Trabajo, Empleo y Cooperativas en dos Centros Directivos, señalándose a cada uno de ellos cometidos específicos y atenciones a políticas determinadas. De esta forma, todo lo relativo a la dinámica de la relación laboral, tanto en su aspecto individual como en el colectivo, queda asignado a la Dirección General de Trabajo, que así ejercerá las competencias de los Reales Decretos 4043, 4103, 4121 y 4163, de 29 de diciembre de

1982 (BB.OO.EE. de 3 y 24 de febrero y 9 y 12 de marzo de 1983, respectivamente), y que, en consecuencia diversifica su estructura, atendiendo a la mejor consecución de estos objetivos; por su parte, la Dirección General de Cooperativas y Empleo se hará cargo de lo atinente al orden cooperativo, a la gestión y promoción...

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