RESOLUCION de 29 de enero de 1993, de la Universidad de Málaga, por la que se convocan a concurso diversas plazas de Cuerpos Docentes Universitarios. 

Sección2. Autoridades y Personal
EmisorCONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA
Rango de LeyResolución

Haciendo uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica 11/1983, y el Decreto 173/1985 de 31 de julio (BOJA del 27-8-1985), por el que se publican los Estatutos de la Universidad de Málaga.

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso las plazas que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución.

Una.- Dichos concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica

11/1983 de 25 de agosto (BOE de 1 de septiembre); Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre (BOE de 26 de octubre); Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio (BOE de 11 de julio); Orden de 28 de diciembre de 1984 (BOE del

16 de enero de 1985), y en lo no previsto en dichas disposiciones, por la legislación vigente de Funcionarios Civiles del Estado, y se tramitarán independientemente para cada una de las plazas convocadas.

Dos.- Para ser admitido al citado concurso es necesario cumplir los siguientes requisitos generales:

  1. Ser español.

  2. Tener cumplidos dieciocho años y no haber cumplido los sesenta y cinco años de edad.

  3. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del Servicio de la Administración del Estado o de la Administración Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

  4. No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

    Tres.- Deberán reunir además las condiciones específicas que a continuación se indican:

  5. Para concursar a las plazas de Catedrático y Profesor Titular de Universidad y Catedrático de Escuela Universitaria, estar en posesión del título de Doctor. Para concursar a las plazas de Profesor Titular de Escuela Universitaria, ser Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.

  6. Para concursar a plazas de Catedrático de Universidad, cumplir además, las condiciones señaladas en el art. 4, apartado 1, letra c del Real Decreto 1888/1984, o las condiciones reseñadas en la disposición transitoria undécima de la Ley 11/1983 de Reforma Universitaria, o bien acreditar haber sido eximido de tales requisitos.

    Cuatro.- Quienes deseen tomar parte en el concurso, remitirán la correspondiente solicitud al Rector de la Universidad de Málaga, por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo, en el plazo de veinte días hábiles a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, mediante instancia según modelo que figura como Anexo II, debidamente cumplimentada, junto con los documentos que acrediten reunir los requisitos específicos indicados en la base tres.

    La acreditación de las condiciones generales se realizará por aquellos candidatos que hayan obtenido la plaza, antes de su nombramiento. Los que ya tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, que acredite su condición de funcionarios, y cuantas circunstancias consten en la hoja de servicios.

    La acreditación de los requisitos específicos se efectuará, en los señalados con la letra a) de la base tres, mediante fotocopia compulsada del título correspondiente, o del justificante del abono de sus derechos; y en los indicados con la letra b), por medio de las certificaciones oportunas.

    Los aspirantes deberán justificar haber abonado en la

    Habilitación-Pagaduría de dicha Universidad la cantidad de 1.500 pesetas en concepto de derechos (400 pesetas por formación de expediente y 1.100 pesetas por derechos de examen). La Habilitación expedirá recibo por duplicado, uno de cuyos ejemplares deberá unirse a la solicitud. Cuando el pago de los derechos se efectúe...

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