RESOLUCION de 2 de agosto de 1993, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convocan cursos de formación especializada, incluidos en el Plan de Formación para 1993 del personal al Servicio de la Junta de Andalucía. 

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyResolución

Aprobado el Plan del Personal al Servicio de la Junta de Andalucía, para 1993, en desarrollo del Decreto 30/1993, de 9 de marzo por el que se regula el régimen de formación a impartir por el Instituto Andaluz de Administración Pública, corresponde a continuación realizar las convocatorias específicas a los cursos de Formación Especializada.

El objetivo de los Cursos de Formación Especializada está vinculado a favorecer la movilidad del personal dentro de la organización administrativa de la Junta de Andalucía, propiciando la formación de sus destinatarios en áreas de conocimiento distinta a las de encuadramientos del puesto de trabajo que se desempeña.

La participación en las actividades de Formación Especializada tendrán carácter voluntario, exigiendo de los asistentes, tanto por la duración de los cursos, como por impartirse, en tanto o en parte, fuera de la jornada de trabajo, un mayor esfuerzo que las restantes actividades formativas. Este carácter se refuerza por otro de los rasgos definitorios de la Formación Especializada cual es el de la necesidad de superar pruebas evaluatorias o exámenes que justifiquen el aprovechamiento individual de los participantes.

Los cursos que se convocan a continuación se regirán por las siguientes bases:

PRIMERA.- El Instituto Andaluz de Administración Pública, desarrollará durante el segundo semestre de 1993 los cursos que se indican en el Anexo I, de acuerdo con las especificaciones que figuran en cada uno de ellos.

Podrá solicitar la participación en los cursos convocados el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, de acuerdo con la definición de los destinatarios respectivos, utilizándose el modelo de solicitud que figura en el Anexo II.

Segundo.- Cada solicitante deberá rellenar una sola instancia, pudiendo solicitar hasta un máximo de tres cursos que deberá enumerar por orden de preferencia.

TERCERO.- Las solicitudes dirigidas al Ilmo. Sr. Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, c/ María Auxiliadora, 13. 41071 Sevilla, según modelo recogido en el Anexo II, se presentarán preferentemente, en las oficinas del registro del IAAP, de la Consejería de Gobernación y de las Delegaciones de está en las distintas provincias, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La solicitud vendrá confirmada con la firma del superior...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR