RESOLUCIÓN de 4 de diciembre de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el recurso contenciosoadministrativo 807/2004, interpuesto por Inspección y Control de Vehículos, S.A.

Sección3. Otras Disposiciones
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RESOLUCIÓN de 4 de diciembre de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el recurso contenciosoadministrativo 807/2004, interpuesto por Inspección y Control de Vehículos, S.A.

En el recurso contencioso-administrativo número 807/2004, interpuesto por Inspección y Control de Vehículos, S.A., contra resolución presunta de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, por la que se deniega la apertura de tres nuevas estaciones para la Inspección Técnica de Vehículos en los términos municipales de Arcos de la Frontera, Jerez de la Frontera y Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), se ha dictado sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, Sección Primera, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con fecha 3 de julio de 2006, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal.

Fallamos: Que debemos desestimar el recurso interpuesto por Inspección y Control de Vehículos, S.A., representada por el Procurador Sr. López Lemus y defendida por Letrado contra Resolución presunta contra la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, y la posterior expresa, por ser conformes al ordenamiento jurídico.

No hacemos pronunciamiento sobre costas.

Según lo establecido en el artículo tres, apartado seis, de la Orden de 18 de mayo de 2004 de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, de delegación de competencias en diversos órganos de la Consejería y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.

Sevilla, 4 de diciembre de 2006.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García ORDEN de 30 de noviembre de 2006, por la que se concede una subvención al Ayuntamiento de Jimena de la Frontera (Cádiz) para la financiación de las obras de contención de tierras en la calle Fuente Nueva.

La Consejería de Obras Públicas y Transportes, en el marco de sus competencias, incluye entre sus Programas de Actuación la dotación a las Corporaciones Locales de los medios suficientes para atender sus propias necesidades de infraestructura.

En este sentido, por el Ayuntamiento de Jimena de la Frontera (Cádiz) se ha solicitado una subvención a la Consejería de Obras Públicas y Transportes para la financiación de las obras de contención de tierras en la calle Fuente Nueva.

Considerando el interés de dicha iniciativa y su carácter excepcional, al amparo de lo establecido en el artículo 107 de la Ley 51/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con el artículo 15 del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico; visto el expediente instruido por la Secretaría General Técnica, y en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 39 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por esta...

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