DECRETO 4/2001, de 9 de enero, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Conjunto Histórico, el Conjunto Histórico de La Carlota (Córdoba).

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE CULTURA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 4/2001, de 9 de enero, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Conjunto Histórico, el Conjunto Histórico de La Carlota (Córdoba).

  1. El artículo 13.27 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico y el artículo 6.a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como Organismos competentes para la ejecución de la Ley «los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico».

    Así mismo, el artículo 2 del Decreto 4/1993, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 3.3, la titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración de Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1, a este último dicha declaración.

  2. La Carlota es un asentamiento expresamente organizado en el siglo XVIII como parte de la voluntad del monarca Carlos III de poblar la zona más abandonada y peligrosa de Andalucía, debido a la presencia de bandoleros en la ruta de Madrid a Cádiz, principal puerto de comunicación con América. Muchas de las ideas que subyacen en el Fuero de esta Población están tomadas del Proyecto Económico de Bernard Ward de 1754 y otras responden a las concepciones adoptadas por el Despotismo Ilustrado, siendo su contenido redactado por Pablo de Olavide. El Conjunto Histórico de La Carlota es uno de los máximos representantes de la evolución entre la arraigada tradición barroca de tierras cordobesas a la innovación que procedía de la Corte, marcado por el nuevo estilo denominado Neoclasicismo. Este se refleja en el entramado urbanístico de la población, realizado por los ingenieros Simón Desnaux y Casimiro Isaba, en el parcelario que conforman manzanas rectangulares y en los edificios levantados por los mismos pobladores, destinados al servicio público: Ayuntamiento, Iglesia, Mercado de Abastos, Cárcel, Hospital. Por la singular y representativa experiencia histórica, social, territorial, urbana, a la que obedece la formación de La Carlota, constituye un patrimonio digno de ser protegido mediante la declaración de Bien de Interés Cultural.

  3. La Dirección General de Bellas Artes y Archivos, por Resolución de 1 de julio de 1982 (publicaba en el BOE de 11 de noviembre de 1982), acordó tener incoado expediente relativo a la declaración de Conjunto Histórico-Artístico a favor de la Villa de La Carlota (Córdoba), según la Ley de 13 de mayo de 1933 sobre Defensa, Conservación y Acrecentamiento del Patrimonio Artístico Nacional, siguiendo su tramitación según lo previsto en dicha Ley, el...

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