Decreto 261/2011, de 26 de julio, por el que se crea el Conjunto Arqueológico de Cástulo, en Linares (Jaén).

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE CULTURA
Rango de LeyDecreto

La ciudad ibero-romana de Cástulo, emplazada en la margen derecha del río Guadalimar, constituye uno de los centros capitales del mediodía peninsular durante la antigüedad, tanto por la extensión de su recinto amurallado, como por su posición estratégica en la cabecera del valle del Guadalquivir. La ciudad destaca como nudo principal en las vías de comunicación de la época y, a lo largo de su historia, tuvo un acceso privilegiado a los recursos mineros de Sierra Morena. El «oppidum» -o ciudad fortificada- de Cástulo, primero, fue el más importante núcleo de población de la Oretania ibérica, y más tarde, se constituiría en municipio romano, llegando a ser sede episcopal en época bajoimperial.

Los autores clásicos otorgaron un especial reconocimiento a la ciudad de Cástulo, debido en particular a su protagonismo en el transcurso de la Segunda Guerra Púnica, el conflicto por el control del Mediterráneo occidental que enfrentó a Cartago con la República romana. En efecto, habiendo destacado, en un primer momento, Cástulo por su fidelidad a la causa cartaginesa, acabó suscribiendo una alianza con Roma. Esta circunstancia le va a permitir mantener una excepcional autonomía política, como manifiesta en esa coyuntura su capacidad para acuñar moneda, donde la comunidad indígena plasma sus propios símbolos y escritura.

Por otra parte, además de la ciudad amurallada de Cástulo, la zona arqueológica comprende una vasta superficie donde se solapan múltiples evidencias que son expresión de otras formas de ocupación. Se encuentran necrópolis, factorías, infraestructuras públicas y otras instalaciones suburbanas relacionadas con la ciudad ibero-romana, pero también otros asentamientos desde la Prehistoria a la Baja Edad Media, que completan el valor histórico de esta zona arqueológica. Esta compleja secuencia estratigráfica y temporal, además de sus excepcionales condiciones de conservación e integridad, constituye un segmento significativo de toda la historia de Andalucía.

Asimismo, se debe subrayar el perdurable interés cultural que las ruinas de Cástulo han suscitado a lo largo de los siglos. Poco tiempo después del definitivo despoblamiento de la ciudad en el siglo XV, su emplazamiento fue visitado por humanistas como Andrea Navagero o Ambrosio de Morales, que inician una tradición de estudio y recuperación de los vestigios mantenida hasta nuestros días. En la edad contemporánea, la ciudad de Linares ha elaborado una singular identificación con el solar de la antigua Cástulo, concretada en los últimos años en múltiples iniciativas ciudadanas encaminadas a su revalorización patrimonial y difusión pública.

En la década de 1950 se inicia un proceso de revalorización de Cástulo y el 28 de diciembre de 1956 el Ayuntamiento de Linares aprueba la creación del Museo Arqueológico de Linares, museo donde se custodiarán los elementos muebles procedentes tanto de las excavaciones que por esos años comenzaban a realizarse, como de los hallazgos y expolios que eran constantes en la zona. Por Orden Ministerial de 11 de febrero de 1957 se sanciona oficialmente la creación del museo, siendo inaugurado el 21 de junio de 1957 por don Antonio Gallego Burín, en aquellos momentos Director General de Bellas Artes. Por Decreto de 1 de marzo de 1962, núm. 474/1962, a instancias de la Dirección General de Bellas Artes, el museo es declarado Monumento Histórico Nacional.

Por Decreto de 21 de marzo de 1972 el museo pasa a ser de titularidad estatal y a integrarse en el Patronato Nacional de Museos. En ese mismo año de 1972 se realiza, por parte del Ministerio de Educación y Ciencia, la expropiación de las tierras de varias personas propietarias en la dehesa de Cazlona, donde se ubicaba la antigua ciudad iberorromana de Cástulo. En aquellos momentos eran terrenos de olivar, cereal y eriales utilizados para explotación agrícola y ganadera. Las 69 hectáreas expropiadas son solo una parte de la antigua ciudad que constituyen tan sólo el núcleo principal del «oppidum» o ciudad fortificada. Fuera de estos terrenos se localizan numerosas instalaciones (talleres de producción de elementos metálicos, necrópolis como las de los Patos, de Casablanca, La Muela, Los Gordos, Torrubia, Higuerones, Estacar de Robarinas). También el Templo de la Muela, alfares, almacenes, puentes, casas rurales calzadas y una gran cantidad de instalaciones.

Por Decreto 103/1985, de 15 de mayo, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía declara monumento histórico-artístico y arqueológico, de carácter nacional, el yacimiento de Cástulo, en Linares (Jaén), el cual conforme a la disposición adicional primera de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, pasa a tener la consideración y a denominarse Bien de Interés Cultural, quedando sometido al régimen jurídico que para esos bienes la ley establece, que en el caso del yacimiento de Cástulo, por razón de la naturaleza arqueológica del bien, es el correspondiente al establecido en la mencionada ley para la zona arqueológica.

Las funciones correspondientes al yacimiento de Cástulo y al Museo Arqueológico de Linares fueron transferidas por el Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía mediante Real Decreto 864/1984, de 29 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma Andaluza en materia de Cultura, y, en virtud de dicho Real Decreto, la titularidad del Museo Arqueológico de Linares siguió correspondiendo al Estado, transfiriéndose la gestión a la Comunidad Autónoma. Por Decreto 395/1986, de 17 de diciembre, se crearon diversos puestos en la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Cultura, en la que, entre otros, figuraba como centro de destino el Conjunto Arqueológico de Cástulo en Linares y, por Resolución de 20 de abril de 2011, la Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura incoó el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de la delimitación del Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Arqueológica, del yacimiento de Cástulo, en los términos municipales de Linares, Lupión y Torreblascopedro (Jaén).

La Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, dedica su título IX a las Instituciones del Patrimonio Histórico, definiendo los Conjuntos Culturales como aquellos Espacios Culturales que por su relevancia patrimonial cuentan con órganos de gestión...

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