DECRETO 94/1984 de 10 de abril, por el que se modifica la configuración y funciones de los órganos rectores del Plan de Explotación Marisquera y de Cultivos Marinos de la Región Suratlántica.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA
Rango de LeyDecreto

El Decreto 2595/1974, de 9 de agosto, aprobó el Plan de Explotación Marisquera y de Cultivos Marinos de la Región Suratlántica, de conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la Ley 59/1969, de 30 de junio, sobre Ordenación Marisquera.

El Real Decreto 3490/1981, de 29 de diciembre, por el que se transfieren competencias en materia de Agricultura y Pesca a la Junta de Andalucía, estableció las transferencias del Plan a cuyo efecto los órganos rectores del mismo han de depender de la Junta de Andalucía, lo que hizo necesario proceder a la modificación de su composición por Decreto 160/1982, de 15 de diciembre, con el fin de adecuarlos a esta nueva situación. El Real Decreto de transferencias, arriba citado, atribuye a la Junta de Andalucía competencias en materia de acuicultura y marisqueo y el Real Decreto

2687/1983, de 21 de septiembre, de transferencia de servicios en materia de Formación Profesional Naútico-Pesquera.

En orden a la asunción de las referidas competencias por la Junta de Andalucía y por Decreto 144/1982, de 3 de noviembre, y la Orden de 22 de junio de 1983, de desarrollo de dicho Decreto, se concretan las competencias y organización de la Consejería de Agricultura y Pesca, atribuyéndose a la Dirección General de Pesca la planificación y ejecución de cuantas actuaciones, entre otras, se dirijan a la ordenación y desarrollo de la pesca en aguas interiores, el marisqueo y la acuicultura.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 12.1 y 71 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, de conformidad con el principio de instrumentar la mayor participación de los distintos sectores, profesionales y económicos, interesados en la programación y ejecución de la política pesquera en Andalucía, se creó por Decreto 267/1983, de 21 de diciembre, el Consejo Asesor de Pesca, cuyo ámbito de asesoramiento, informe y participación, se extiende al marisqueo y a la acuicultura, designándose como miembro nato del mismo al Gerente del Plan de Explotación Marisquera y de Cultivos Marinos de la Región Suratlántica.

La ordenación de competencias que en este marco organizativo se contempla, la conveniencia de evitar en lo posible la concurrencia de funciones similares en los diversos órganos dependientes de la Consejería obliga a la remodelación de la configuración y composición de los órganos rectores del Plan de Explotación Marisquera y de Cultivos Marinos de la Región Suratlántica y la naturaleza jurídica del mismo, constituyendo un servicio administrativo centralizado sin personalidad jurídica distinta a la de la Comunidad Autónoma, que en atención a sus especiales circunstancias, por tratarse de un Plan de explotación y fomento de las actividades marisqueras y acuícolas de la zona, de existencia provisional hasta tanto se cree un Ente con capacidad de autofinanciación, estará dotado de una capacidad de acción flexible y rápida, con un régimen de Presupuestos similar al de los Organismos Autónomos, aunque la totalidad de sus dotaciones se consignan en forma de subvención, sin una previa especificación por capítulos, artículos y conceptos.

En el seno del Plan se constituyen una Comisión Asesora de composición y representaciones distintas a las hasta...

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