ORDEN de 7 de octubre de 2003, por la que se concretan determinadas condiciones de la emisión de Deuda Pública Anotada de la Junta de Andalucía, por importe de 250.000.000 euros, acordada mediante el Decreto 267/2003, de 30 de septiembre.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | CONSEJERIA DE ECONOMIA Y HACIENDA |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN de 7 de octubre de 2003, por la que se concretan determinadas condiciones de la emisión
de Deuda Pública Anotada de la Junta de Andalucía,
por importe de 250.000.000 euros, acordada median
te el Decreto 267/2003, de 30 de septiembre.
El Decreto 267/2003, de 30 de septiembre (BOJA núm.
191, de 3 de octubre), por el que se dispone la emisión de Deuda Pública Anotada de la Junta de Andalucía, autoriza en su Disposición Final Primera a la Consejera de Economía y Hacienda a dictar las disposiciones que sean necesarias para la ejecución del referido Decreto.
En su virtud, en uso de la autorización conferida,
DISPONGO
Las condiciones de la Emisión de Deuda Pública Anotada acordada mediante el mencionado Decreto 267/2003 se concretan en las siguientes:
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Importe: 250.000.000 euros.
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Plazo: 10 años.
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Fecha de emisión: 10 de octubre de 2003.
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Cupón anual: 4,30%.
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Fecha de pago del primer cupón: 10 de octubre de
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Fecha de vencimiento: 10 de octubre de 2013.
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Precio de emisión: 99,473%.
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TIR de emisión: 4,3787%.
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Comisión: 0,10% sobre el importe nominal de la emisión.
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Precio total deducida comisión: 99,373%.
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Amortización a la par, por su valor nominal.
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Segregabilidad: La deuda que se emita tendrá carácter segregable, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 267/2003, de 30 de septiembre.
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Liquidación y compensación: Central de Anotaciones en Cuenta del Banco de España.
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Entidades Directoras: Caja Madrid, Crédit Agricole Indosuez, y Depfa Bank Plc.
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