DECRETO 240/2000, de 23 de mayo, por el que se declara de interés social, a efectos de expropiación forzosa, la conservación, mantenimiento y utilización compatible con sus valores del Bien de Interés Cultural denominado Zona Arqueológica de Baelo Claudia mediante la adquisición de las parcelas A, B, C, D, E, F, G, H, I, descritas en el plano ...

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE CULTURA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 240/2000, de 23 de mayo, por el que se declara de interés social, a efectos de expropiación forzosa, la conservación, mantenimiento y utilización compatible con sus valores del Bien de Interés Cultural denominado Zona Arqueológica de Baelo Claudia mediante la adquisición de las parcelas A, B, C, D, E, F, G, H, I, descritas en el plano Anexo, sitas en Baelo Claudia, Bolonia, término municipal de Tarifa (Cádiz).

La ciudad romana de Baelo Claudia se identificó con los restos arqueológicos reconocidos en la aldea de Bolonia, tér

Página núm. 10.369 mino municipal de Tarifa, desde comienzos del siglo XVIII.

No obstante, las investigaciones científicas no comenzaron hasta 1917. Entre ese año y 1921 un equipo de arqueólogos excavó diversos elementos de la ciudad, publicando en los años 1923-1924 la memoria científica de las excavaciones.

Los trabajos realizados pusieron de manifiesto la importancia de los restos hallados, lo que motivó que en el año 1925 se declarase Monumento Nacional las ruinas de la ciudad de Belona, en Tarifa, provincia de Cádiz, mediante Real Orden de 19 de enero de 1925, publicada en la Gaceta de Madrid núm. 24, de 24 de enero de 1925. Posteriormente, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley sobre Defensa, Conservación y Acrecentamiento del Patrimonio Histórico-Artístico Nacional, de 13 de mayo de 1933, este monumento pasó a denominarse Monumento Histórico-Artístico.

En 1964 se reanudan los trabajos arqueológicos que ya no se interrumpen hasta la actualidad. Motivado por el progresivo avance de la zona excavada y las características del yacimiento, en los años setenta se procedió, por parte del Ministerio de Educación y Cultura, a la expropiación de la mayor parte de los terrenos donde se ubican los restos arqueológicos, previa declaración de utilidad pública de los mismos mediante Decreto 3839/1970, de 31 de diciembre, publicado en BOE núm. 27, de 1 de febrero de 1971.

Este proceso expropiatorio, que no alcanzó a la totalidad de los terrenos declarados de utilidad pública, se vio interrumpido, entre otras causas, por el traspaso de competencias, primero entre Ministerios y, posteriormente, a la Comunidad Autónoma de Andalucía. Es muy probable que el mencionado Decreto de 1970 incluyera parte de las parcelas que ahora se quieren declarar. No obstante, en aras de una mayor seguridad jurídica y debido al tiempo transcurrido y a la técnica empleada en por dicho Decreto, en la que se hace referencia a números de parcelas difíciles de identificar en la actualidad y a propietarios de aquella época, se hace necesaria la declaración de interés social que ahora se pretende.

Al no ser posible la identificación registral de los inmuebles, ya que no consta que ninguno se encuentre inscrito en el Registro de la Propiedad de Algeciras, se procede a describir las características de los mismos para su mejor localización:

  1. Parcela A: Iglesia del poblado de Bolonia.

    Superficies: -Parcela: 300,00 m

    -Construida: 202,00 m

    Linderos: Linda al frente...

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