DECRETO 174/1985, de 31 de julio, por el que se crea la Comisaría para la Alhambra y el Generalife de Granada.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE CULTURA
Rango de LeyDecreto

El Real Decreto 864/1984, de 29 de febrero, transfiere a la Comunidad Autónoma de Andalucía, funciones y servicios en materia de Cultura, que son asignados a la Consejería de Cultura a virtud de Decreto del Consejo de Gobierno de 19 de junio de 1984, BOJA de 10 de julio del mismo año, y distribuidas entre los servicios de la misma por Decreto de 22 de enero de

1985, BOJA 14 de febrero, bajo la superior dirección de su titular, el Consejero de Cultura.

De entre las competencias transferidas, merecen especial atención las relativas al Patrimonio Histórico, Artístico, Monumental, Arquitectónico, Etnológico, Archivos, Bibliotecas, Museos y demás colecciones de naturaleza análoga y, en particular, las funciones y servicios que en relación con el Conjunto Monumental de la Alhambra y Generalife de Granada venía ejerciendo el Estado, bien directamente o a través del Patronato que a tal efecto se creó, por Decreto de 9 de marzo de 1940.

Este Patronato, denominado Patronato de la Alhambra y Generalife de Granada, continuó ejerciendo sus cometidos como organismo autónomo de la Administración, de acuerdo con los fines asignados en sus peculiares disposiciones, hasta que el Real Decreto 565/1985, de 24 de abril en su disposición adicional primera, expresamente lo suprime. Al quedar extinguida su personalidad jurídica, el citado Real Decreto obliga a que las funciones atribuidas por el Ordenamiento Jurídico a este Organismo Autónomo, sean asumidas, bien por otro de nueva creación, bien directamente por la Administración.

A partir de este momento la Consejería de Cultura asume las funciones y servicios del Extinguido Patronato y consciente de la necesidad de crear un Ente con personalidad jurídica propia y autonomía en el ejercicio de sus funciones, en quien descargar, en régimen de descentralización las peculiares actuaciones que conlleva la custodia, conservación y administración de la Alhambra y Generalife, viene trabajando en la elaboración del correspondiente proyecto de Ley para su envío al Parlamento Andaluz y posterior publicación. Pero este proceso es lento, por lo que resulta necesario establecer,de forma provisional y durante el transcurso del tiempo de tramitación del citado proyecto de Ley, un Organo Administrativo, sin personalidad jurídica, ágil y operativo, que pueda ocuparse eficazmente de todos los servicios que corresponden al conjunto monumental de...

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