Orden de 4 de febrero de 2010, por la que se convocan subvenciones a proyectos de coeducación presentados por las Asociaciones de Madres y Padres del Alumnado de los centros docentes sostenidos con fondos públicos para el curso 2010/2011.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE EDUCACION
Rango de LeyOrden

La Ley de Educación de Andalucía desarrolla la participación e implicación de las familias en el proceso educativo y el fomento de la creación de las asociaciones de madres y padres del alumnado, así como la colaboración de otras entidades a través del voluntariado en el ámbito educativo.

La Consejería de Educación ha venido realizando distintas actuaciones para propiciar, dentro de su ámbito de competencias, el desarrollo integral de alumnos y alumnas en igualdad. Con la aprobación del I Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en Educación, el 2 de noviembre de 2005, se constituyó un marco global de intervención en el contexto escolar para posibilitar la consolidación del principio democrático de la igualdad de género. Dentro de las medidas que contempla dicho Plan se incluye la realización de convocatorias de proyectos de coeducación, por parte de las Asociaciones de Madres y Padres del Alumnado, con la finalidad de fomentar una educación en igualdad desde la perspectiva de género, con la participación de todos los miembros de la Comunidad Educativa.

En el marco del II Plan Andaluz del Voluntariado, la Orden de 23 de abril de 2007, BOJA de 21 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de voluntariado y de participación de asociaciones en actividades complementarias y extraescolares en los centros docentes sostenidos con fondos públicos y se efectúa su convocatoria para el curso 2007/2008, regula las actuaciones de las entidades de voluntariado que se llevan a cabo con financiación de la Consejería de Educación.

Por ello, con la presente Orden se pretende seguir impulsando actuaciones conjuntas familia y escuela, para propiciar entre los niños y niñas y jóvenes de ambos sexos una educación libre de estereotipos sexistas. Además esta Convocatoria viene a apoyar los proyectos de coeducación que se realizan en los centros docentes públicos de Andalucía, poniendo de manifiesto la relevancia de la implicación y cooperación de quienes componen la comunidad educativa.

Por todo lo anterior, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 107 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública de la comunidad Autónoma de Andalucía, lo dispuesto en el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía y de conformidad con la Orden de 23 de abril de 2007, BOJA de 21 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de voluntariado y de participación de asociaciones en actividades complementarias y extraescolares en los centros docentes sostenidos con fondos públicos y se efectúa su convocatoria para el curso 2007/2008.

DISPONGO

Primero. Objeto, base reguladora y ámbito de aplicación.

  1. La presente Orden tiene por objeto convocar para el curso 2010/2011 las ayudas a proyectos de coeducación que promuevan la igualdad entre hombres y mujeres en educación, realizados por las Asociaciones de Madres y Padres de alumnas y alumnos de los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.

  2. Los proyectos a los que se refiere la presente Orden irán destinados al desarrollo de estrategias de colaboración entre la familia y la escuela, para fomentar una educación en igualdad entre ambos sexos, con la participación de todos los miembros de la comunidad educativa.

  3. La convocatoria de estas ayudas se regirá por las bases establecidas en la Orden de la Consejería de Educación, de 23 de abril de 2007, BOJA de 21 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de voluntariado y de participación de asociaciones en actividades complementarias y extraescolares en los centros docentes sostenidos con fondos públicos y se efectúa su convocatoria para el curso 2007/2008.

  4. Los proyectos presentados tendrán una duración de un año y se desarrollarán durante el curso escolar 2010/2011.

    Segundo. Beneficiarios y beneficiarias.

    Podrán participar en esta convocatoria las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnas y Alumnos de los centros educativos sostenidos con fondos públicos de todos los niveles educativos.

    Tercero. Financiación de las actividades subvencionadas.

  5. La Consejería de Educación financiará los proyectos de coeducación de las Asociaciones de Madres y Padres de alumnas y alumnos de los centros educativos sostenidos con fondos públicos con cargo a los créditos consignados en la aplicación 0.1.11.00.01.00.0900.481.03.54C del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Educación, estando limitada esta financiación por los créditos que se destinan a los proyectos o actividades subvencionables en el citado programa y en función de las disponibilidades presupuestarias existentes, pudiéndose adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual en las condiciones previstas en el artículo 39 de la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma Andaluza y normativa de desarrollo.

  6. La concesión de la ayuda y la cuantía de la misma para cada proyecto será determinada por la Dirección General de Participación e Innovación Educativa a propuesta de la comisión de valoración, en función de la baremación y calidad del mismo. Cada asociación solicitante podrá recibir una subvención por una cuantía máxima de 3.000,00 euros.

  7. En el caso de que la ayuda solicitada sea menor que el total presupuestado según el Anexo III de esta Orden o de que la ayuda...

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