RESOLUCION de 5 de junio de 1997, del Instituto Andaluz de Servicios Sociales, por la que se clasifica como de Asistencia Social la Fundación Caja Granada, instituida en Granada, y se aprueban sus Estatutos y se confirma la composición de su Patronato.

Sección5. Anuncios
EmisorCONSEJERIA DE ASUNTOS SOCIALES
Rango de LeyResolución

RESOLUCION de 5 de junio de 1997, del Instituto Andaluz de Servicios Sociales, por la que se clasifica como de Asistencia Social la Fundación Andaluza de Ciencias de la Salud, de Granada, y se aprueban sus Estatutos.

Examinado el procedimiento instruido para la clasificación de la Fundación Andaluza Ciencias de la Salud, instituida en Granada, se han apreciado los siguientes

H E C H O S Primero. Que por la Gerencia Provincial del Instituto Andaluz de Servicios Sociales en Granada se da traslado a esta Dirección Gerencia de la documentación aportada

Sevilla, 21 de junio 1997

Página núm. 7.545 por el Patronato de la mencionada Fundación al objeto de proceder a la clasificación de dicha Institución.

Segundo. Que la documentación aportada consiste, entre otra, en la Escritura de Constitución de la Fundación otorgada el 5 de diciembre de 1995 ante el Notario de Granada don Santiago Marín López, bajo el número 3.516 de su protocolo, incorporándose a dicha Escritura los Estatutos por los que se ha de regir la Fundación, modificados posteriormente mediante Escritura de 21 de octubre de 1996 otorgada ante el mismo Notario bajo el número 3.398 de su protocolo.

Tercero. Que los fines de la Fundación, recogidos en el art. 6.º de los Estatutos incorporados a la Escritura de Constitución, son, según transcripción literal de dicho precepto, los siguientes:

A) con carácter primordial: I. La acción asistencial a personas marginadas, especialmente cuando la situación de marginación esté causada por su situación de salud: Sida, cáncer, enfermos crónicos terminales, alcohólicos crónicos, toxicómanos, etc., para lo cual, un importante objetivo fundacional lo constituye el proyecto de creación de centros de asistencia.

II. Apoyo humano y financiero a proyectos interdisciplinares para la mejora en las condiciones de salud en el Tercer Mundo.

B) Con carácter secundario: III. El desarrollo e investigación interdisciplinar en Ciencias de la Salud, para su puesta en práctica a través de la acción asistencial de la propia Fundación.

IV. Actividades docentes en Ciencias de la Salud, como medio para incrementar la dotación de la Fundación, así como medio para divulgar las investigaciones realizadas por la misma

.

Cuarto. Que el Patronato de la Fundación queda identificado en la citada Escritura de Constitución, constando en la misma la aceptación expresa de los cargos y regulándose su composición en el art. 13 de los Estatutos Fundacionales, modificados en Escritura de fecha 21 de octubre de 1996, antes mencionada.

Quinto. Que la dotación de la Fundación queda determinada según la estipulación 2.ª, de la Escritura de Constitución en la cantidad de un millón de pesetas (1.000.000 ptas.), acreditándose la realidad de su aportación ante el Notario autorizante.

Sexto. Que todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación y demás particularidades queda recogido en los Estatutos por los que se rige, constando expresamente el carácter gratuito de los cargos de Patronos, así como la obligación de rendir cuentas y presentar presupuestos al Protectorado.

Séptimo. Que se ha sometido el procedimiento instruido a trámite de información pública, según lo establecido en el art. 86 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, no presentándose alegaciones al respecto e informándose el procedimiento por el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía.

Vista la Constitución Española, la Ley 30/94, de 24 de noviembre, y demás disposiciones de general y particular aplicación, los hechos expuestos merecen la siguiente:

VALORACION JURIDICA Primera. Que la Constitución Española recoge, en el Título I, Capítulo II, Sección 2.ª, art. 34, el Derecho de Fundación para fines de interés general.

Segunda. Que el art. 1.º de la Ley 30/94, de 24 de noviembre, establece que son...

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