DECRETO 95/1989, de 3 de mayo, por el que se acepta la cesión de determinado material instrumental, propiedad de la Caja General de Ahorros y Monte de Piedad de Granada.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Salud y Servicios Sociales |
Rango de Ley | Decreto |
La Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Granada es titular del material instrumental de que dispone el Centro de Cardiología Preventiva de esa ciudad, cuyo uso cede al Servicio Andaluz de Salud (SAS). El artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el artículo 169 del Reglamento que la desarrolla, aprobado por Decreto 276/1987 de 11 de noviembre, establecen que la adquisición de bienes a título lucrativo en favor de la Comunidad , o de cualquiera de las Entidades Públicas dependientes de ella, requiere la aceptación previa del Consejo de Gobierno. En su virtud, a propuesta de los Consejeros de Salud y Servicios Sociales y de Hacienda y Planificación, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en su reunión celebrada el día 3 de mayo de 1989,
DISPONE:
Primero. Aceptar la cesión del materialinstrumental del que es titular la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Granada, para el fin y destino que se determina en el correspondiente Convenio de cesión, cuya descripción figura en el Anexo I del mismo.
Segundo. Autorizar al Consejero de Salud y Servicios Sociales para suscribir con la entidad antes citada, el Convenio a través del cual se instrumenta tal cesión, y que figura en el Anexo del presente Decreto.
Sevilla, 3 de mayo de 1989
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
GASPAR ZARRIAS AREVALO
Consejero de la Presidencia
ANEXO
En Sevilla, a de de 1989.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. D. Eduardo Rejón Gieb, Consejero de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Andalucía. Y de otra, D. Manuel Martín Rodríguez, Presidente del Consejo de Administración de la Caja General de Ahorros y Monte de Piedad de Granada.
Intervienen en función de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las facultades que para convenir en nombre de las entidades que representan tienen conferidas.
EXPONEN
Primero. Que la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Granada con fecha 1 de noviembre de 1988, y como obra social en el ámbito de la salud pública, puso a disposición de los ciudadanos un Centro de Cardiología Preventina, para la prevención de la cardiopatía coronaria, dotándolo de los medios instrumentales adecuados.
Segundo. Que el Servicio Andaluz de Salud, Organismo Autónomo dependiente de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, tiene atribuida en Andalucía las competencias en materia de salud pública tanto preventivas como reparadoras que la Ley 8/1986, de 6 de...
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