RESOLUCION de 26 de junio de 1995, del Servicio Andaluz de Salud, por la que se actualiza el Catálogo de Servicios Complementarios concertables por el Organismo. 

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE SALUD
Rango de LeyResolución

La Resolución de 10 de enero de 1994, del Servicio Andaluz de Salud, sobre competencias en materia de concertación con entidades ajenas al mismo (BOJA de 20 de enero de 1994) incorporaba el Catálogo de Servicios complementarios Concertables, en el que quedaban recogidas las prestaciones susceptibles de concertación así como los Organos de Contratación competentes.

Dicha Resolución recogía en su art. segundo la posibilidad de modificar el Catálogo, facultando a tal efecto a la Dirección General de Asistencia Sanitaria para la gestión del mismo.

A propuesta de la Dirección General de Asistencia Sanitaria, se incorporan nuevos servicios complementarios a los que estaban recogidos en el Catálogo. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas a esta Dirección Gerencia:

R E S U E L V O

Primero: Se modifica el Catálogo de Servicios Complementrios Concertables, aprobado por Resolución de 10 de enero de 1994, suprimiendo y, en su caso, incorporando al mismo los que se incluyen en el Anexo a la presente.

Segundo: La competencia para contratar dichos servicios se delega en los Gerentes Provinciales, en los Directores-Gerentes de Hospitales y en los Directores de los Distritos Sanitarios, en los casos que expresamente se señala en el Anexo.

Tercero: Los servicios concertados o cuyo expediente de concertación se haya iniciado con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Resolución, se regirán por las normas anteriores que le sean de aplicación, incluso en lo relativo a las posibles prórrogas de los mismos.

Cuarto: Quedan derogadas aquellas normas de igual o inferior rango en lo que se aponga a lo establecido en la presente Resolución, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 26 de junio de 1995.- El Director Gerente, Ignacio Moreno Cayetano.

ANEXO 1
  1. Servicios que se suprimen del Catálogo aprobado por Resolución de 10 de enero de 1994:

Servicio: Transporte individual en ambulancia asistida (UVI-móvil). Código: A01.

Servicio: Transporte individual ambulancias asistibles/no asistidas. Código: A02.

Servicio: Transporte múltiple ambulancias colectivas. Código: A03.

Servicio: Transporte sanitario aéreo.

Código: A04.

Servicio: Hemodiálisis en domicilio con máquina. Código: D04.

Servicio: Diálisis peritoneal ambulatoria continua. Código: D05.

Servicio: Interrupción Voluntaria del Embarazo. Código: H03.

ANEXO 2
  1. Servicios que se incluyen en el Catálogo de Concertables por el Servicio Andaluz de Salud:

Servicio: Transporte de alto riesgo.

Código: A01.

Servicio: Transporte urgente.

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