DECRETO 213/2001, de 18 de septiembre, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, la Casa de las Campanas, en Córdoba.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE CULTURA
Rango de LeyDecreto

Página núm. 18.359 DECRETO 213/2001, de 18 de septiembre, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, la Casa de las Campanas, en Córdoba.

  1. El artículo 13.27 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico y el artículo 6.a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como Organismos competentes para la ejecución de la Ley, «los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico».

    Asimismo, el artículo 2 del Decreto 4/1993, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la Consejera de Cultura, el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, la declaración de Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1, a este último, dicha declaración.

  2. La Casa de las Campanas, denominada también Casa de las Siete Revueltas, en Córdoba, es uno de los pocos ejemplos de casa mudéjar, de estilo granadino, que se conservan en esta ciudad. Obra, probablemente, del S. XIV puede afirmarse que se trata de una construcción vinculada al período hispanomusulmán influenciada por el arte nazarí.

  3. La Dirección General de Bellas Artes, de la Consejería de Cultura, por Resolución de 4 de marzo de 1985 (publicada en el BOJA de 15 de marzo de 1985), incoó expediente de declaración de Monumento Histórico-Artístico a favor de La Casa de las Campanas, en Córdoba, según la Ley de 13 de mayo de 1933 sobre defensa, conservación y acrecentamiento del Patrimonio Artístico Nacional, siguiendo con la tramitación establecida en dicha Ley, el Decreto 16 de abril de 1936 y el Decreto 22 de julio de 1958, de acuerdo con lo preceptuado en la Disposición Sexta Primera de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

    En la tramitación del expediente y de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley de 13 de mayo de 1933 sobre Defensa, Conservación y Acrecentamiento del Patrimonio Artístico...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR