DECRETO 13/2004, de 20 de enero, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, los Baños Arabes de Ferreira (Granada).

Sección3. Otras Disposiciones
Rango de LeyDecreto

DECRETO 13/2004, de 20 de enero, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, Los Baños Arabes de Ferreira (Granada).

  1. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, la Ley Orgánica6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 12.3, refiriéndose a los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, establece entre ellos, el de afianzar la conciencia de identidad andaluza, a través de la investigación, difusión y conocimiento de los valores históricos, culturales y lingüísticos del pueblo andaluz en toda su riqueza y variedad, atribuyendo a la misma, en el artículo 13.27, la competencia exclusiva en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico. En este sentido el artículo 6.a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como organismos competentes para la ejecución de dicha Ley los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico.Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo de acuerdo con elartículo 3.3 del citado Reglamento, el titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración de Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha declaración.

  2. Los Baños Arabes de Ferreira, cuyos orígenes se remontan a los siglos XII y XIII, constituyen un testimonio esencial para conocer lo que fue la alquería de Ferreira en época nazarí. Hay que destacar además de su carácter funcional el papel esencial que desempeña como uno de los símbolos de la presencia del poder que reside en la medina y que se traslada conúmlos similares al medio rural.

    El edificio sigue la tipología habitual del baño árabe propio del mundo rural nazarí, consistente en la sucesión de distintas salas de planta rectangular o trapezoidal, cada una con función definida. Su fábrica es homogénea y de gran solidez, usando mampostería de esquistos unidos conúmero de cal. Estos baños fueron reutilizados para uso doméstico, garantizándose así su buen estado de conservación, ya que la estructura del baño permanece actualmente embutida en una vivienda.

  3. La Dirección General de Bellas Artes de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, mediante Resolución de 4 de diciembre de 1985 (publicada en el BOJA núm. 124, de 28 de diciembre de 1985 y en el BOE núm. 47, de 24 de febrero de 1987)...

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