Resolución de 28 de enero de 2009, de la Dirección General del Libro y del Patrimonio Bibliográfico y Documental, por la que se efectúa convocatoria pública para la concesión de subvenciones al amparo del plan extraordinario de dotación bibliográfica con destino a la adquisición de fondos en bibliotecas públicas, ejercicio 2009.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | CONSEJERIA DE CULTURA |
Rango de Ley | Resolución |
Mediante Orden de la Consejería de Cultura de 2 de julio de 2007 (BOJA núm. 173, de 3 de septiembre de 2007), se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones al amparo del plan extraordinario de dotación bibliográfica para la mejora de las bibliotecas públicas radicadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía. En su Disposición Final Primera se faculta a la Dirección General del Libro y del Patrimonio Bibliográfico y Documental para realizar cuantas actuaciones sean necesarias para el cumplimiento y aplicación de lo dispuesto en esta Orden.
Con fecha 21 de octubre de 2008 el Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de Andalucía suscribieron un Convenio de colaboración para la aportación de fondos y distribución de crédito con destino a la adquisición de fondos bibliográficos de las bibliotecas públicas (BOE núm. 280, de 20.11.2008). Según la cláusula cuarta, la gestión de los créditos será llevada a cabo por la Administración Autonómica
De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Primera de la precitada Orden de 2 de julio de 2007, esta Dirección General
RESUELVE
Primero. Convocatoria.
Efectuar la convocatoria pública correspondiente al año 2009, para la concesión de subvenciones al amparo del plan extraordinario de dotación bibliográfica para la mejora de las bibliotecas públicas, fruto de la colaboración establecida a tal fin entre la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía y el Ministerio de Cultura.
Segundo. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de la presente subvención las Entidades Locales de Andalucía que estando relacionadas en el Anexo I de esta convocatoria, reúnan los requisitos del artículo 4 de la Orden reguladora.
Tercero. Plazo de presentación de solicitudes y condiciones específicas de esta convocatoria.
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El plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo el modelo recogido en el Anexo II, será de 20 días naturales, a contar a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
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La solicitud de subvención, que habrá de ser suscrita por el/la representante legal de la Entidad Local y dirigida al/a la titular de la Dirección General del Libro y del Patrimonio Bibliográfico y Documental, deberá presentarse en el modelo que se publica como Anexo II, adjunto a la presente convocatoria y deberá ir acompañada de original o copia compulsada de los siguientes documentos:
- Certificación acreditativa de la representación de la Entidad Local.
- Código de Identificación Fiscal de la Entidad Local, o copia autenticada del mismo.
Cuarto. Financiación y cuantía de las subvenciones.
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Las subvenciones convocadas se imputarán a los créditos disponibles en las aplicaciones presupuestarias 0.1.22. 00.18.00.765.02.45H.1. y 01.22.00.03.00.765.02.45H.5. de la Consejería de Cultura.
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Según los datos obrantes en el Instituto Nacional de Estadística, a las entidades locales que sean titulares de servicios bibliotecarios o bibliotecas públicas en funcionamiento, les corresponderá, según los tramos descritos a continuación, los siguientes importes fijos en euros:
- Entidades Locales de 1 a 1.000 habitantes: 1.600 ?.
- Entidades Locales de 1.001 a 2.000 habitantes: 1.850 ?.
- Entidades Locales de 2.001 a 3.000 habitantes: 2.000 ?.
- Entidades Locales de 3.001 a 4.000 habitantes: 2.500 ?.
- Entidades Locales de 4.001 a 5.000 habitantes: 2.750 ?.
- Entidades Locales de 5.001 a 7.000 habitantes: 3.000 ?.
- Entidades Locales de 7.001 a 10.000 habitantes: 4.000 ?.
- Entidades Locales de 10.001 a 12.000 habitantes: 5.000 ?.
- Entidades Locales de 12.001 a 18.000 habitantes: 7.000 ?.
- Entidades Locales de 18.001 a 20.000 habitantes: 8.000 ?.
- Entidades Locales de 20.001 a 120.000 habitantes: 10.000 ?.
- Entidades Locales de 120.001 a 200.000 habitantes: 12.000 ?.
- Entidades Locales de más de 200.000 habitantes: 7.000 ?.
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En cualquier caso, todos los Municipios y demás Entidades Locales que sean titulares de servicios bibliotecarios o bibliotecas públicas en funcionamiento a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y concurran a la misma, recibirán el importe resultante de aplicar la ratio establecida en el artículo 3.3 de la orden de 2 de julio de 2007.
Sevilla, 28 de enero de 2009.- La Directora General, Rafaela Valenzuela Jiménez.
ANEXO DE BENEFICIARIOS (Art. 4 Orden Reguladora)
ENTIDADES LOCALES BENEFICIARIAS PROVINCIA MUNICIPIO/ENTIDAD LOCAL MENOR ALMERÍA ABLA ALMERÍA ABRUCENA ALMERÍA ADRA ALMERÍA ALBÁNCHEZ ALMERÍA ALBOLODUY ALMERÍA ALBOX ALMERÍA ALCOLEA ALMERÍA ALCÓNTAR ALMERÍA ALCUDIA DE MONTEAGUD ALMERÍA ALHABIA ALMERÍA ALHAMA DE ALMERÍA ALMERÍA ALICÚN ALMERÍA ALMERÍA (Municipio) ALMERÍA ALMÓCITA ALMERÍA ALSODUX ALMERÍA ANTAS ALMERÍA ARBOLEAS ALMERÍA ARMUÑA DE ALMANZORA ALMERÍA BACARES ALMERÍA BAYÁRCAL ALMERÍA BAYARQUE ALMERÍA BÉDAR ALMERÍA BEIRES ALMERÍA BENAHADUX ALMERÍA BENITAGLA ALMERÍA BENIZALÓN ALMERÍA BENTARIQUE ALMERÍA BERJA ALMERÍA BERJA: E.A.T.I.M. - BALANEGRA ALMERÍA CANJÁYAR ALMERÍA CANTORIA ALMERÍA CARBONERAS ALMERÍA CASTRO DE FILABRES ALMERÍA CHERCOS ALMERÍA CHIRIVEL ALMERÍA CÓBDAR ALMERÍA CUEVAS DEL ALMANZORA ALMERÍA DALÍAS ALMERÍA EJIDO (EL) ALMERÍA ENIX ALMERÍA FELIX ALMERÍA FINES ALMERÍA FIÑANA ALMERÍA FONDÓN ALMERÍA FONDÓN : E.A.T.I.M. - FUENTE VICTORIA ALMERÍA GÁDOR ALMERÍA GALLARDOS (LOS) ALMERÍA GARRUCHA ALMERÍA GÉRGAL ALMERÍA HUÉCIJA ALMERÍA HUÉRCAL DE ALMERÍA ALMERÍA HUÉRCAL-OVERA ALMERÍA ILLAR ALMERÍA INSTINCIÓN ALMERÍA LAROYA ALMERÍA LÁUJAR DE ANDARAX ALMERÍA LÍJAR ALMERÍA LUBRÍN ALMERÍA LUCAINENA DE LAS TORRES ALMERÍA LÚCAR ALMERÍA MACAEL ALMERÍA MARÍA ALMERÍA MOJÁCAR ALMERÍA MOJONERA (LA) ALMERÍA NACIMIENTO ALMERÍA NÍJAR ALMERÍA OHANES ALMERÍA OLULA DE CASTRO ALMERÍA OLULA DEL RÍO ALMERÍA ORIA ALMERÍA PADULES ALMERÍA PARTALOA ALMERÍA PATERNA DEL RÍO ALMERÍA PECHINA ALMERÍA PULPÍ ALMERÍA PURCHENA ALMERÍA RÁGOL ALMERÍA RIOJA ALMERÍA ROQUETAS DE MAR ALMERÍA SANTA CRUZ DE MARCHENA ALMERÍA SANTA FE DE MONDÚJAR ALMERÍA SENÉS ALMERÍA SERÓN ALMERÍA SIERRO ALMERÍA SOMONTÍN ALMERÍA SORBAS ALMERÍA SUFLÍ ALMERÍA TABERNAS ALMERÍA TABERNO ALMERÍA TAHAL ALMERÍA TERQUE ALMERÍA TÍJOLA ALMERÍA TRES VILLAS (LAS) ALMERÍA TURRE ALMERÍA TURRILLAS ALMERÍA ULEILA DEL CAMPO ALMERÍA URRÁCAL ALMERÍA VELEFIQUE ALMERÍA VÉLEZ-BLANCO ALMERÍA VÉLEZ-RUBIO ALMERÍA VERA ALMERÍA VIATOR ALMERÍA VÍCAR ALMERÍA ZURGENA CÁDIZ ALCALÁ DE LOS GAZULES CÁDIZ ALCALÁ DEL VALLE CÁDIZ ALGAR CÁDIZ ALGECIRAS CÁDIZ ALGODONALES CÁDIZ ARCOS DE LA FRONTERA CÁDIZ BARBATE CÁDIZ BARRIOS (LOS) CÁDIZ BENALUP-CASAS VIEJAS CÁDIZ BENAOCAZ CÁDIZ BORNOS CÁDIZ BOSQUE (EL) CÁDIZ CÁDIZ (Municipio) CÁDIZ CASTELLAR DE LA FRONTERA CÁDIZ CHICLANA DE LA FRONTERA CÁDIZ CHIPIONA CÁDIZ CONIL DE LA FRONTERA CÁDIZ ESPERA CÁDIZ GASTOR (EL) CÁDIZ GRAZALEMA CÁDIZ JEREZ DE LA FRONTERA CÁDIZ JEREZ DE LA FRONTERA: E.A.T.I.M. - BARCA DE LA FLORIDA, LA CÁDIZ JEREZ DE LA FRONTERA: E.A.T.I.M. - ESTELLA DEL MARQUÉS CÁDIZ JEREZ DE LA FRONTERA: E.A.T.I.M. - GUADALCACÍN CÁDIZ JEREZ DE LA FRONTERA: E.A.T.I.M. - NUEVA JARILLA CÁDIZ JEREZ DE LA FRONTERA: E.A.T.I.M. - SAN ISIDRO DEL GUADALETE CÁDIZ JEREZ DE LA FRONTERA: E.A.T.I.M. - TORNO, EL CÁDIZ JEREZ DE LA FRONTERA: E.A.T.I.M. - TORRECERA CÁDIZ JIMENA DE LA FRONTERA: E.L.A - SAN MARTÍN DEL TESORILLO CÁDIZ JIMENA DE LA FRONTERA CÁDIZ LÍNEA DE LA CONCEPCIÓN (LA) CÁDIZ MEDINA-SIDONIA CÁDIZ OLVERA CÁDIZ PATERNA DE RIVERA CÁDIZ PRADO DEL REY CÁDIZ PUERTO DE SANTA MARÍA (EL) CÁDIZ PUERTO REAL CÁDIZ PUERTO SERRANO CÁDIZ ROTA CÁDIZ SAN FERNANDO CÁDIZ SAN JOSÉ DEL VALLE CÁDIZ SAN ROQUE CÁDIZ SANLÚCAR DE BARRAMEDA CÁDIZ SETENIL DE LAS BODEGAS CÁDIZ TARIFA CÁDIZ TARIFA : E.A.T.I.M. - TAHIVILLA CÁDIZ TARIFA : E.A.T.I.M. - FACINAS CÁDIZ TORRE ALHÁQUIME CÁDIZ TREBUJENA CÁDIZ UBRIQUE CÁDIZ VEJER DE LA FRONTERA CÁDIZ VILLALUENGA DEL ROSARIO CÁDIZ VILLAMARTÍN CÁDIZ ZAHARA DE LA SIERRA CÓRDOBA ADAMUZ CÓRDOBA ADAMUZ : E.A.T.I.M. - ALGALLARÍN CÓRDOBA AGUILAR DE LA FRONTERA CÓRDOBA ALCARACEJOS CÓRDOBA ALMEDINILLA CÓRDOBA ALMODÓVAR DEL RÍO CÓRDOBA AÑORA CÓRDOBA BAENA CÓRDOBA BELALCÁZAR CÓRDOBA BÉLMEZ CÓRDOBA BENAMEJÍ CÓRDOBA BLÁZQUEZ (LOS) CÓRDOBA BUJALANCE CÓRDOBA CABRA CÓRDOBA CAÑETE DE LAS TORRES CÓRDOBA CARCABUEY CÓRDOBA CARDEÑA CÓRDOBA CARLOTA (LA) CÓRDOBA CARPIO (EL) CÓRDOBA CASTRO DEL RÍO CÓRDOBA CONQUISTA CÓRDOBA CÓRDOBA (Municipio) CÓRDOBA CÓRDOBA: E.A.T.I.M. - ENCINAREJO CÓRDOBA CÓRDOBA: E.L.A - VILLARRUBIA CÓRDOBA DOÑA MENCÍA CÓRDOBA DOS TORRES CÓRDOBA ENCINAS REALES CÓRDOBA ESPEJO CÓRDOBA ESPIEL CÓRDOBA FERNÁN-NÚÑEZ CÓRDOBA FUENTE LA LANCHA CÓRDOBA FUENTE OBEJUNA CÓRDOBA FUENTE PALMERA CÓRDOBA FUENTE PALMERA: E.A.T.I.M. - FUENTE CARRETEROS CÓRDOBA FUENTE-TÓJAR CÓRDOBA GRANJUELA (LA) CÓRDOBA GUADALCÁZAR CÓRDOBA GUIJO (EL) CÓRDOBA HINOJOSA DEL DUQUE CÓRDOBA HORNACHUELOS CÓRDOBA IZNÁJAR CÓRDOBA LUCENA CÓRDOBA LUQUE CÓRDOBA MONTALBÁN DE CÓRDOBA CÓRDOBA MONTEMAYOR CÓRDOBA MONTILLA CÓRDOBA MONTORO CÓRDOBA MONTURQUE CÓRDOBA MORILES CÓRDOBA NUEVA CARTEYA CÓRDOBA OBEJO CÓRDOBA PALENCIANA CÓRDOBA PALMA DEL RÍO CÓRDOB
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