DECRETO 217/1995, de 19 de septiembre, por el que se adscriben a la Empresa Pública de Puertos de Andalucía los bienes, derechos y obligaciones de titularidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía sobre los puertos de Ayamonte, Punta Umbría, Sanlúcar de Barrameda-Bonanza y Rota y sus instalaciones anejas. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE ECONOMIA Y HACIENDA
Rango de LeyDecreto

En cumplimiento de lo dispuesto en la Disposición Adicional Décima de la Ley 3/1991, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1992, por Decreto 126/1992, de 14 de julio, se constituyó la Empresa Pública de Puertos de Andalucía con el objeto de que por la misma se lleve a cabo la gestión de los servicios portuarios cuya competencia corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía, adscribiéndose a dicha entidad el conjunto de bienes, derechos y obligaciones afectos a aquéllos. Por Real Decreto 1046/1994, de 20 de mayo, se procedió al cambio de clasificación como puertos de interés general de los de Ayamonte, Punta Umbría, Bonanza y Rota, lo cual comporta el cambio de titularidad de los mismos a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.3 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. Por Real Decreto 1407/1995, de 4 de agosto, se ha procedido a la ampliación de los medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma en esta materia, habiéndose procedido a la asignación a la Consejería de Obras Públicas y Transportes de las nuevas funciones y servicios, mediante Decreto 216/1995, de 19 de septiembre.

En consecuencia, resulta necesario proceder a la adscripción a la Empresa Pública de Puertos de Andalucía del conjunto de bienes, derechos y obligaciones que corresponden a la Comunidad Autónoma sobre los nuevos puertos traspasados, al objeto de propiciar su gestión por aquélla. En su virtud, a instancia de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, a propuesta de la Consejería de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 19 de septiembre de 1995,

D I S P O N G O

Artículo 1

Se adscriben a la Empresa Pública de Puertos de Andalucía los bienes, derechos y obligaciones de titularidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía sobre los puertos de Ayamonte, Punta Umbría, Sanlúcar de Barrameda-Bonanza y Rota y sus instalaciones anejas.

Artículo 2

El personal laboral adscrito a los puertos referidos en el artículo anterior e incluido en la Relación núm. 2 del Anexo del Real Decreto 1407/1994, de 4 de agosto, se integrará en la Empresa Pública de Puertos de Andalucía en los términos del artículo 44 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR