DECRETO 83/1997, de 13 de marzo, por el que se asignan a la Consejería de Gobernación las funciones y servicios traspasados por la Administración del Estado en materia de provisión de medios personales, materiales y económicos al servicio de la Administración de Justicia.

Sección4. Administración de Justicia
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyDecreto

DECRETO 83/1997, de 13 de marzo, por el que se asignan a la Consejería de Gobernación las funciones y servicios traspasados por la Administración del Estado en materia de provisión de medios personales, materiales y económicos al servicio de la Administración de Justicia.

La publicación de los Reales Decretos 141/1997 y 142/1997, ambos de 31 de enero (BOE núm. 62, de 13 de marzo de 1997), sobre traspasos de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de provisión de medios personales, materiales y económicos al servicio de la Administración de Justicia, precisa la aprobación y promulgación de una disposición que asigne las funciones, bienes y servicios traspasados a la Consejería competente.

En su virtud, a propuesta del titular de la Consejería de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 13 de marzo de 1997

DISPONGO

Artículo único

Se asignan a la Consejería de Gobernación las funciones, bienes y servicios transferidos a la Comunidad Autónoma de Andalucía por los Reales Decretos 141/1997 y 142/1997, ambos de 31 de enero.

DISPOSICIONES FINALES Primera

Se faculta al titular de la Consejería de Gobernación para desconcentrar las competencias que se atribuyen mediante el presente Decreto y para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para su desarrollo y aplicación.

Segunda.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de la efectividad del traspaso de funciones, bienes y servicios a partir de la fecha señalada en el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias y de las previsiones contenidas en los Reales Decretos 141/1997 y 142/1997, ambos de 31 de enero.

Sevilla, 13 de marzo de 1997

MANUEL CHAVES GONZALEZ Presidente de la Junta de Andalucía CARMEN HERMOSIN BONO

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