DECRETO del Presidente 303/1988, de 18 de octubre, por el que se asignan a la Consejería de la Presidencia las competencias en materia de Atención a la Mujer. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorPRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

Por el Decreto 230/1984, de 4 de septiembre, se asignaron a la Consejería de Trabajo y Seguridad Social las funciones y servicios transferidos por la Administración Central en materia de protección a la mujer.

Con posterioridad, por Decreto del Presidente 50/1988, de 29 de febrero, se adscribieron a la Consejería de Salud y Servicios Sociales las competencias correspondientes a la Dirección General de Servicios Sociales.

Existiendo la firme voluntad política de tomar cuantas medidas contribuyan a promover la plena incorporación de la mujer en la vida social, superando toda discriminación de la índole que sea para dar cumplimiento a las previsiones estatutarias en su Artículo 12.2.

Considerando que una actuación integral en este área exige que tales competencias residan en una Consejería de carácter horizontal, como es la de Presidencia, en virtud de lo que establece el artículo 36.2 de la Ley del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

D I S P O N G O:

Artículo Unico

Se asignan a la Consejería de la Presidencia las competencias en materia de atención a la mujer.

D I S P O S I C I O N A D I C I O N A L.

La reestructuración establecida por el presente Decreto se llevará a cabo con observancia de lo dispuesto en el artículo 36.2 de la Ley de Gobierno y la Administración...

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