ORDEN de 31 de marzo de 2000, por la que se reconoce e inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas la Fundación denominada Asesores Locales, de la localidad de Málaga, constituida y domiciliada en Málaga, Plaza de Aduana, núm. 2, 3.º

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA
Rango de LeyOrden

ORDEN de 31 de marzo de 2000, por la que se reconoce e inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas la Fundación denominada Asesores Locales, de la localidad de Málaga, constituida y domiciliada en Málaga, Plaza de Aduana, núm. 2, 3.º Visto el expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes de esta Consejería de la Fundación denominada «Asesores Locales», constituida y domiciliada en la localidad de Málaga, Plaza de la Aduana, núm. 2, 3.º

ANTECEDENTES DE HECHO Primero. La Fundación «Asesores Locales» fue constituida en Escrituras Públicas de fecha 30 de diciembre de 1999 ante don Francisco Javier Misas Barba, Notario del Ilustre Colegio de Granada, con número de protocolo 5728, figurando como fundador don Salvador Cambló Moyano y otros.

Segundo. Tendrá principalmente por objeto promocionar y organizar cursos, jornadas, seminarios y demás acontecimientos formativos y, en particular, promocionará la formación y el perfeccionamiento del personal al servicio de la Administración Pública.

Tercero. La dotación inicial de la Fundación está constituida por cinco millones (5.000.000) de pesetas, depositadas a nombre de la Fundación en la Entidad Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla, oficina 219/Málaga, sita en el Paseo de Reding, de Málaga.

Cuarto. El gobierno, administración y representación de la Fundación se confía de modo exclusivo a un Patronato, formado por once miembros, siendo su presidente don Salvador Cambló Moyano.

Vistos: La Constitución española; el Estatuto de Autonomía de Andalucía; la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General; el Decreto 2930/72, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades análogas, y demás normas de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. Esta Consejería tiene asignadas, en virtud del Decreto 42/83, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de Educación se traspasaron por Real Decreto 3936/82, de 29 de diciembre, y en particular sobre las Fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo, en consecuencia, el Protectorado sobre las de esta clase.

Segundo. Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y...

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