DECRETO 34/1996, de 30 de enero, por el que se crea y regula el Consejo Asesor de la Prestación Social Sustitutoria de los Objetores de Conciencia.
Sección | 4. Administración de Justicia |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 34/1996, de 30 de enero, por el que se crea y regula el Consejo Asesor de la Prestación Social Sustitutoria de los Objetores de Conciencia.
El art. 7 de la Ley 48/1984, de 26 de diciembre, reguladora de la objeción de conciencia y de la prestación social sustitutoria, establece que dicha prestación social se realizará preferentemente en entidades dependientes de las administraciones públicas.
Con el fin de dar respuesta a la demanda social, especialmente intensa en lo que atañe a los jóvenes andaluces que han objetado o quieren hacerlo y están interesados en realizar la prestación social en centros y servicios dependientes de la Administración andaluza, entidades colaboradoras y Entidades Locales de la Comunidad Autónoma Andaluza, en los términos previstos por el Reglamento de la Prestación Social de los Objetores de Conciencia, aprobado por el R.D. 20/1988, de 16 de enero, se creó la
Comisión de Seguimiento de la Prestación Social Sustitutoria de los Objetores de Conciencia.
Con esta finalidad se dictó el Decreto 126/1991, al que es conveniente dar una nueva redacción con el objeto de alcanzar...
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