DECRETO 209/2007, de 17 de julio, por el que se aprueba el Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE TURISMO, COMERCIO Y DEPORTE
Rango de LeyDecreto

DECRETO 209/2007, de 17 de julio, por el que se aprueba el Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía.

El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 58.1.3.ª, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de fomento, regulación y desarrollo de las actividades y empresas de artesanía.

El Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, consciente de la importancia de la artesanía elaborada en Andalucía, como fuente generadora de empleo, medio de cohesión social, y recurso turístico y cultural de alta potencialidad, ejercitó la iniciativa legislativa que dio lugar a la aprobación de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía.

El artículo 21 de la citada Ley 15/2005, de 22 de diciembre, regula el Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía, determinando su finalidad y contenido mínimo, previendo, además, que el mismo será aprobado por Decreto del Consejo de Gobierno, aprobación que según su disposición final segunda se llevará a cabo en un plazo de un año desde la entrada en vigor de la citada Ley.

En cumplimiento de estas previsiones legales, el presente Decreto aprueba el Plan Integral de Fomento de la Artesanía en Andalucía, en el que se establecen las condiciones necesarias para el desarrollo de un sector artesano moderno y estructurado, mejorando la calidad de la producción, sus condiciones de rentabilidad, gestión y competitividad en los mercados y suprimiendo las barreras que puedan oponerse a su desarrollo; todo ello de acuerdo con el principio de sostenibilidad ambiental y viabilidad económica.

El presente Decreto consta de un artículo único, que aprueba el Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía, que figura como Anexo, y tres disposiciones finales.

El citado Plan contiene todas las menciones previstas en el artículo 21.2 de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, estructuradas en cinco títulos. En el Título I se incluye un análisis que tiene por objeto destacar la importancia socioeconómica del sector productivo de la artesanía, en el marco de la economía regional, y un diagnóstico que identifica las dificultades con las que se enfrenta este sector. Con el fin de resaltar los aspectos más importantes estudiados se aporta una matriz como instrumento estadístico para conocer las debilidades y fortalezas del sector, y las amenazas y oportunidades en el que está inmerso.

En el Título II se definen los objetivos a lograr con el citado Plan, estructurados en un objetivo final y cuatro intermedios; mientras que el Título III determina los programas de acción para el cumplimiento de los objetivos señalados en el Plan, y el cuarto Título incluye el programa financiero. Por último, el Título V establece los indicadores que facilitarán la evaluación y seguimiento de la ejecución del Plan.

En su elaboración han sido consultadas las organizaciones representativas de los empresarios y de los trabajadores y recabados los informes pertinentes, así como oída la Comisión de Artesanía de Andalucía en su sesión del día 3 de mayo de 2007.

Por todo ello, de acuerdo con el artículo 21.3 y disposición final segunda de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía, a propuesta del Consejero de Turismo, Comercio y Deporte, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 17 de julio de 2007,

D I S P O N G O

Artículo único Aprobación del Plan.

Se aprueba el Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía, que figura como Anexo al presente Decreto.

Disposiciones Finales
Disposición final primera Revisiones del Plan.

Por Orden de la persona titular de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte se aprobarán las futuras revisiones del Plan conforme a lo dispuesto en el artículo 21.4 de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre.

Una vez cumplido el período de vigencia del Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía, quedará prorrogado hasta que se complete la revisión de su contenido.

Disposición final segunda Desarrollo y ejecución.

Se faculta al Consejero de Turismo, Comercio y Deporte para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

Disposición final tercera Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 17 de julio de 2007

MANUEL CHAVES GONZÁLEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

SERGIO MORENO MONROVÉ

Consejero de Turismo, Comercio y Deporte

A N E X O

PLAN INTEGRAL PARA EL FOMENTO DE LA ARTESANÍA EN ANDALUCÍA

Í N D I C E

Título I Análisis y diagnóstico de la evolución de la artesanía

en Andalucía. Título II. Objetivo finalista y objetivos intermedios. Título III. Programas y Medidas de acción. Título IV. Programa financiero del Plan. Título V. Mecanismos de evaluación y seguimiento del Plan.

TÍTULO I ANÁLISIS Y DIAGNÓSTICO DE LA EVOLUCIÓN DE LA ARTESANÍA EN ANDALUCÍA

Para caracterizar la actividad artesana en Andalucía, y con el objeto de destacar su importancia socioeconómica como sector productivo en el marco de la economía regional, se han analizado una serie de indicadores, tales como: el número de empresas que integran el sector, su reparto entre las diversas actividades, su especialización y su distribución territorial, etc., claves para acotar la dificultad asociada al estudio del sector artesano.

El primer dato a destacar es el crecimiento experimentado en el número de empresas de artesanía en Andalucía, llegando a duplicarse en las dos últimas décadas. Analizando la situación por subsectores de actividad destaca, en la actualidad, la fabricación de los muebles de madera (con un 23% del conjunto de todas las empresas de artesanía de la región),

la cerámica (que agrupa el 18% de las empresas) y los trabajos de piel y cuero (con el 16%).

Esta especialización podría considerarse tradicional en Andalucía. De hecho, los subsectores de muebles de madera, cerámica y piel y cuero suponen más de la mitad (56%) de las empresas de artesanía existentes en Andalucía en 2006. La participación del resto de actividades artesanas es subyacente en comparación con el grueso del sector. Así, parcelas como la de vidrio, instrumentos musicales y fibras vegetales, en su conjunto, no comprenden el 4% del total de establecimientos.

En cuanto a la distribución provincial, las variaciones, atendiendo a las distintas actividades artesanas, han sido mínimas. En la actualidad, tres provincias acaparan el 58,4% de la oferta de talleres artesanos en Andalucía, concretamente Córdoba, Sevilla y Cádiz, mostrando una importante concentración territorial. Destaca Córdoba con aproximadamente una de cada cuatro empresas, manteniendo su posición predominante en los últimos veinte años. Éste puede ser un componente esencial para el mantenimiento de determinados oficios artesanos; en concreto, los que se manifiestan en estas concentraciones o localizaciones. Huelva y Almería, en el extremo opuesto, son las provincias que menor número de empresas presentan, en términos relativos, manteniendo posiciones análogas a las de las dos últimas décadas.

Otro de los indicadores de interés para el análisis del sector es el índice de especialización territorial, tomando como base la provincia. En general, se puede decir que refleja las concentraciones tradicionales de los oficios andaluces. Entre los subsectores más destacados, o especializaciones por provincias, se pueden señalar los siguientes:

Almería presenta un elevado índice de especialización en el sector del mármol, piedra y escayola. En esta provincia se localiza la importante concentración marmórea de Macael.

Cádiz, por su parte, muestra su importancia en el subsector de la piel y el cuero, con un elevado índice de especialización que refleja la concentración marroquinera de Ubrique.

Córdoba y Sevilla, en un grado algo menor, se distinguen por su peso en el subsector de la joyería (la primera en la actividad de la joyería y la segunda en la orfebrería).

Granada es la provincia en la que se observa una mayor especialización en instrumentos musicales.

Jaén, por su parte, está especializada en cerámica y fibras vegetales, y Málaga presenta un cierto grado de especialización en vidrio.

Huelva, tiene como principal núcleo artesano a Valverde del Camino especializado en piel, cuero y muebles de madera.

En lo referente a la facturación media anual de las empresas de artesanía andaluzas, así como los beneficios obtenidos mediante el desarrollo de esta actividad económica no rebasan niveles elevados. Claramente se observa la existencia de determinadas actividades artesanales que son, para los artesanos que las desarrollan, complementarias de otro tipo de ingresos, dado que la mayoría son microempresas, en las que únicamente desarrolla una actividad laboral el propietario del taller, o bien son generadoras de productos poco demandados.

Sin embargo, existen otras actividades, cuyos oficios no encuentran problemas de continuidad debido a la elevada demanda de sus productos y servicios que, a su vez, conlleva una mayor contratación de mano de obra. Evidentemente, todo ello queda reflejado en el volumen de facturación media anual.

Por su parte, la antigüedad media de las empresas de artesanía en Andalucía es de 24 años, siendo las más jóvenes las empresas creadas hace dos, y las más antiguas las que cuentan con más de setenta y cinco años de actividad. Los subsectores artesanales que contemplan las empresas con mayor antigüedad (fibras vegetales e instrumentos musicales) experimentan también una insuficiente renovación generacional, que...

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